Si conoces a un trabajador que haya cotizado tanto en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y que quiera pensionarse juntando los ahorros que tiene en ambas dependencias, te tenemos una buena noticia: sí lo puede hacer.
Los trabajadores que busquen pensionarse por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez sí pueden juntar lo cotizado tanto en el IMSS como en el ISSSTE, gracias al Convenio de Portabilidad que firmaron ambas instituciones el 17 de febrero de 2009. A causa de esta medida, la prestación económica está asociada a la persona y no al tipo de patrón que lo emplea.
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Las personas interesadas en esta modalidad tienen que tramitar una constancia de semanas cotizadas y reconocidas en ambos institutos. Mientras que para efectuar la solicitud deberá presentarse ante la dependencia donde se haya dado la fecha de baja más reciente, esto significa que el trabajador ya no deberá cotizar ni en el IMSS ni en el ISSSTE.
Un aspecto importante a tomar en cuenta, según las leyes del Seguro Social y del ISSSTE, es que el solicitante debe tener sólo una cuenta Afore en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). El Gobierno de México aclara que este proceso de unificación se da de manera automática gracias al CURP y sólo en algunos casos.
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Para efectuar este trámite, los interesados deben tener a la mano los siguientes documentos: CURP, Número de Seguridad Social (NSS), documento de elección del régimen (sólo en caso de que el ISSSTE lo haya expedido), estado de la cuenta de Afore y un correo electrónico.
Los solicitantes también pueden dirigirse a alguna de las subdelegaciones del IMSS, las cuales tienen un horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. Debido a la contingencia sanitaria por el COVID-19, el trámite también se puede realizar en línea.
Todas aquellas personas que tengan dudas respecto al estado de cuenta de su Afore pueden recurrir al chat de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), en dado caso, los recursos siempre estarán señalados como ahorro para el retiro del IMSS y ahorro para el retiro del ISSSTE.