El pleno de la Convención Constitucional de Chile, organismo encargado de redactar la nueva Carta Magna del país, aprobó esta tarde incluir el artículo 16 sobre derechos sexuales y reproductivos en el proyecto con 108 votos a favor, 39 en contra y 6 abstenciones. El cual indica que el Estado debe garantizar el acceso al aborto.
El artículo establece que el Estado debe garantizar las mejores condiciones para que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar desarrollen un embarazo, parto y maternidad o en su caso una interrupción de este. Además, cualquiera de estos procesos deberán se voluntarios y protegidos.
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Asimismo, establece que todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Entre los que está el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción.
Aunado a ello, se establece que el Estado debe garantizar "el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural".
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"Nosotras recibimos una posta después de un doloroso rechazo en el Congreso de la República, que no supo dar cuenta del necesario paso que debía dar nuestro país para consagrar nuestros derechos fundamentales. Hoy día rompemos con ese ciclo de exclusión y discriminación en nuestra historia constitucional, 200 años tuvimos que esperar", señaló la convencional constituyente del Partido Comunista, Bárbara Sepúlveda.
En Chile se realizaron 70 mil abortos clandestinos anuales, de acuerdo con un registro de 2017. Mientras que entre el 2018 y 2020 se registraron 1 mil 827 interrupciones legales de embarazos.
El presidente de Ecuador vetó la ley que permite el aborto en casos de violación
Mientras el aborto se incluyó en el borrador de la nueva Constitución de Chile, el presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, vetó parcialmente la ley que lo permitía en casos de violación y que fue aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 17 de febrero.
Ello, luego de que la Corte Constitucional despenalizó la interrupción del embarazo para mujeres víctimas de violación. El jefe del Ejecutivo confirmó su postura a través de una carta. En el documento señaló que no promulgaría la norma en el Registro Oficial, ya que no estuvo de acuerdo con los plazos para acceder al aborto.
Por otra parte, consideró que no abordaba todas las aristas reclamadas por la Corte Constitucional en su fallo. Lasso presentará un texto nuevo con 61 observaciones, entre ellas está definir que las víctimas pueden interrumpir su embarazo hasta las 12 semanas de gestación. A pesar de que sean producto de una violación.
Lasso eliminó excepción de 18 semanas para poblaciones vulnerables
El presidente de Ecuador eliminó la excepción de 18 semanas, contemplada por la Asamblea, para niñas, adolescentes, indígenas y otras mujeres del área rural.
El nuevo documento tendrá los requisitos para acceder al aborto y las condiciones para la objeción de conciencia del personal médico.
La Corte Constitucional despenalizó la interrupción del embarazo para cualquier mujer que a sufrido una violación el 29 de abril de 2021 y pidió a la Asamblea elaborar una regulación para su procedimiento en las instituciones públicas y privadas de salud.
Con el veto parcial, ahora el presidente tiene que remitir un texto alternativo a la Asamblea, y esta puede aprobarlo con mayoría simple (la mitad más uno) o ratificarse en el texto original, para los que se requiere dos terceras partes de la cámara (92 votos).
Varias organizaciones y colectivos feministas de Ecuador aseguraron que continuarán con su lucha para que la ley entre en vigor y las mujeres que sean agredidas sexualmente accedan al aborto si lo desean.
Con información de EFE.