Entre 60 a 100 años de prisión en Tamaulipas a los abusadores sexuales, los causales del delito ameritan estas penas impuestas.
Se han impuesto condenas 60 años por ejemplo, en el municipio de Tampico contra Camino Alejandro "C", por los delitos de abuso sexual y violación agravada contra un menor de edad. Fue el Agente del Ministerio Público quien impuso esa pena tras contar con pruebas contundentes de la responsabilidad del sentenciado.
Este delincuente cometió el delito entre los años de 2021, 2022 y 2023, aprovechó la confianza depositada en él por la familia y deberá pagar la cantidad de 27 mil, 142.50 pesos por concepto de multa.
No ha sido el único caso de castigos penales ya que en el 2023 se ejecutó una sentencia de 111 años de prisión al violador de una niña. Fue la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos contra Niñas, Niños y Adolescentes y Delitos contra las Mujeres por Razones de Género quién realizó las acciones jurídicas necesarias para que fuera dictada sentencia condenatoria de 111 años con 3 meses de prisión en contra de Alejandro “P”, por los delitos de Abuso Sexual y Violación ambos agravados a una menor de edad de la comunidad de Nueva Apolonia, de San Fernando.
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De acuerdo al Código Penal en el: CAPÍTULO IIIARTÍCULO 273.- Comete el delito de violación, el que por medio de la violencia física o moral, tenga cópula con una persona sin la voluntad de ésta, sea cual fuere su sexo.
ARTÍCULO 274.- Al responsable del delito de violación se le impondrá una sanción de diez a dieciocho años de prisión.
Si la víctima fuere el cónyuge o concubina o concubinario, independientemente de su género, sólo se perseguirá por querella de la parte ofendida.
Si la víctima del delito fuere menor de catorce años, o quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo, la sanción será de 30 a 40 años de prisión.
ARTÍCULO 267.- Comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.
A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.