El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que los ingresos por jubilaciones, pensiones y haberes de retiro están exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hasta cierto límite.
Este beneficio cubre la totalidad de los ingresos, sin importar si son pagados por uno o más patrones. Sin embargo, cuando los montos percibidos superan estos límites, el ISR debe pagarse solo sobre el excedente.
¿Qué pasa si los ingresos superan el límite exento?
En casos donde la pensión o jubilación supere los 43 mil 299 pesos al mes, el impuesto se calculará únicamente sobre la diferencia. Por ejemplo, si un jubilado recibe 50 mil pesos mensuales, solo pagará ISR por los 6 mil 701 pesos excedentes.
Asimismo, aquellos que reciban su pensión en una sola exhibición estarán exentos de ISR hasta por 3 millones 159 mil 097.20 pesos. Si la cantidad es mayor, se deberá pagar el impuesto correspondiente sobre el excedente.
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Deducciones personales y beneficios fiscales
Los jubilados y pensionados que deban presentar su declaración anual 2025 pueden aplicar deducciones personales como gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, lo que puede reducir el impuesto a cargo.
El SAT recomienda a los contribuyentes revisar su situación fiscal y cumplir con esta obligación antes del mes de mayo, evitando así posibles sanciones o recargos.