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SAT declaración anual 2025: esto es lo que necesitas para ya NO tener que hacerla

Algunos contribuyentes están exentos de presentar su declaración anual y aquí te decimos cómo ser uno de ellos.

Esto es lo que necesitas para no presentar tu declaración anual ante el SAT Créditos: Cuartoscuro
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La declaración anual es un trámite obligatorio que deben realizar año con año los contribuyentes mexicanos; sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha decidido exentar a varios de ellos. Por esta razón te revelaremos qué es lo que necesitas para ya NO tener que hacerla.

En primer lugar necesitas saber que este documento debe presentarse ante el SAT, en el cual las personas, físicas o morales, brindan un reporte detallado de todas sus operaciones contables y fiscales realizadas el año anterior.

¿Qué personas están libres de presentar su declaración anual?

No obstante, desde el 2022, el órgano administrativo anunció un beneficio exclusivo para que ciertas personas puedan simplificar sus obligaciones fiscales, y puedan deslindarse de la presentación de la declaración anual.

Se trata de las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) quienes no tienen que presentar su declaración anual 2025, aunque sólo deben realizar pagos mensuales.

De acuerdo con el SAT, este régimen fue diseñado para simplificar los trámites fiscales y facilitar el cumplimiento de obligaciones, permitiendo que los contribuyentes se enfoquen en el crecimiento de sus actividades económicas sin preocuparse por procesos complejos.

Cabe señalar que además de exentar la presentación de la declaración anual, también se ofrecen a estos contribuyentes tasas reducidas en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), una menor carga administrativa y un cálculo automático de impuestos.

¿Qué se necesita para no presentar la declaración anual?

Las personas que pueden ser parte del RESICO son aquellas que tengan ingresos anuales que no exceden los 3.5 millones de pesos.

Asimismo, debes dedicarte a actividades del sector primario, actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o percibes ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles.

Es decir, te dedicas a negocios y servicios profesionales, labores agrícolas, ganaderas, pesqueras, forestales, o incluso al alquiler de propiedades.

Para ser parte de este régimen también debes efectuar pagos mensuales provisionales antes del día 17 del mes inmediatamente posterior al período de facturación correspondiente. Estos pagos se calcularán con base al total de tus ingresos, que deben estar respaldados por comprobantes fiscales digitales.

Así que ahora que sabes qué necesitas para no presentar tu declaración anual ante el SAT, ¿te sumarías a este régimen?