Nacional

POLÍTICA

¿Se elegía a los ministros por voto en 1857? Así se escogía a la Suprema Corte

La Constitución de 1857 establecía que los funcionarios principales fueran escogidos de una manera diferente a la que conocemos en la actualidad.

¿Cómo se escogieron los magistrados de la Suprema Corte en el siglo XIX?, ¿hay similitudes con la Reforma Judicial de AMLO? Te contamos. Créditos: Archivo General de la Nación
Escrito en NACIONAL el

El reciente debate en torno a la Reforma Judicial ha llevado a pensar en la conveniencia o inconveniencia de que los jueces y ministros sean elegidos por voto popular, como se escoge a los legisladores, alcaldes, gobernadores y presidente. Pero, ¿sabías que hacia 1857 se eligió a los ministros de la Suprema Corte por voto indirecto en primer grado? 

Lo primero que tienes que saber es que ese modo de elección es totalmente diferente al que se propone en la actualidad, porque en la iniciativa impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador se busca que los juzgadores, incluso los de la SCJN, sean electos por el voto popular. 

Mientras que el voto indirecto, adoptado en 1857, consistía en que una serie de hombres mayores de 21 años votaban por un elector indirecto, había uno de estos por cada 50 mil personas; luego los electores se reunían en Colegio Electoral y, en escrutinio secreto, contabilizaban y decidían a los candidatos a la presidencia, al Congreso, las gubernaturas y a los ministros.

La Revista Obsidiana precisa que los electores eran gente de la clase alta de las ciudades y diversas regiones del país, por lo regular licenciados y militares. Las mujeres no pudieron votar en México hasta el año de 1955. 

¿Cómo se escogían a los ministros por voto indirecto?

La Constitución de 1857 mandaba que la Suprema Corte de Justicia estuviera compuesta por 11 ministros propietarios que durarían 6 años en sus cargos, 4 supernumerarios, un fiscal y un procurador general, los cuales serían elegidos por voto indirecto (como se explica más arriba). 

"Cada uno de los individuos de la Suprema Corte de Justicia durará en su encargo seis años, y su elección será indirecta en primer grado, en los términos que disponga la ley electoral", se indicaba en el artículo 92 de dicha legislación. 

En el artículo 93 se específica que para optar para ese cargo se debía estar instruido en la ciencia del derecho, tener más de 35 años y ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos. 

Este método de selección de los ministros de la Suprema Cote duró entre 1857 y 1917, de acuerdo con el investigador de la UNAM Jaime Cárdenas Gracia. Aunque Martí Batres, Jefe de Gobierno de la CDMX, especifica que la Constitución de 1857 sólo se aplicó cabalmente de 1867 a 1876

Constitución de 1857. Créditos: AGN

¿Cuándo se propuso por primera vez la elección de ministros por voto ciudadano?

En el año de 1847 fue la primera vez que se propuso la elección de ministros por voto ciudadano, pero la propuesta no prosperó, de acuerdo con Cárdenas Gracia

Mientras que durante el Congreso Constituyente de Querétaro, establecido hacia 1917, el diputado José María Truchuelo defendió que los ministros debían ser escogidos mediante el voto popular. 

"La independencia del Poder Judicial estriba en desligarlo de todos los demás poderes. Si los demás poderes tienen su origen en la soberanía popular; si el Ejecutivo toma su origen en la voluntad nacional, en la elección directa de todos los ciudadanos; si el Poder Legislativo toma su mismo origen en la voluntad directa de todos los ciudadanos, ¿por qué vamos a sujetar al Poder Judicial a los vaivenes, a los caprichos de la política y su subordinación al Poder Legislativo o al Poder Ejecutivo, cuando precisamente debe tener su base, su piedra angular en la soberanía del pueblo y en la manifestación de la voluntad nacional?", dijo Truchuelo. 

Congreso de 1917. Créditos: Sedena

Por su parte, el diputado Rafael Martínez de Escobar defendía que los magistrados sólo debían interpretar la ley y "aplicarla en los casos en que la Suprema Corte tiene jurisdicción, cuando haya invasión de un poder a otro" y "cuando se haya vulnerado la libertad individual"; por ello no consideraba buena la elección de los jueces. 

El diputado Paulino Machorro, también por esos años, defendía que no debía escogerse al magistrado por elección popular y que éste es diferente a un senador o a un diputado. 

"El magistrado no es igual al diputado o al senador: el magistrado es radicalmente distinto; él no va en el ejercicio de sus funciones a representar a la opinión; no va a representar a nadie; no lleva el criterio del elector, sino que lleva el suyo propio (...) Él tiene que obrar en su función precisa, obrar quizá hasta contra la opinión de los electores", señaló Machorro. 

La actual Reforma al Poder Judicial de AMLO ha sido criticada por la propia ONU, ya que podría mermar la independencia de los juzgadores y ministros.