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Terapias de conversión: Diputados aprueban prohibición en todo México

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular que las también llamadas Ecosig sean consideradas un delito en México.

Diputados aprueban minuta que prohíbe terapias de conversión Créditos: Cuartoscuro
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¡Es oficial! Las terapias de conversión, también conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig), quedaron prohibidas en México.

Con una votación de 275 sufragios a favor, 102 en contra y 30 abstenciones, fue aprobada, en lo general y en lo particular, con cambios, la minuta que prohíbe y sanciona penalmente las terapias de reorientación sexual.

Sin embargo, los diputados avalaron una modificación a la minuta para suprimir el castigo de prohibición definitiva del ejercicio profesional a los médicos, técnicos o auxiliares de la salud por reincidencia en la práctica de terapias de conversión, dejando solo la suspensión hasta por tres años, además de la pena de prisión.

Por lo anterior, el proyecto será devuelto al Senado de la República para su ratificación y respectiva aprobación.

La minuta con proyecto de decreto reforma y adiciona el Código Penal Federal, y se adiciona un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud para terminar con las Ecosig.

Dicha iniciativa promovida por las senadoras Minerva Citlalli Hernández Mora de Morena, Alejandra Lagunes Soto Ruiz de PVEM y Patricia Mercado Castro de Movimiento Ciudadano, desde octubre de 2018, recibió el ‘banderazo’ oficial, luego de su aprobación en octubre de 2022 en la Cámara de Senadores.

Esta minuta recibió el respaldo de Morena, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México, Partido Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano, quienes sostuvieron que las terapias de conversión violentan el libre desarrollo de la personalidad y, en algunos casos, recurren a medidas extremas para aleccionar a niños y jóvenes.

En el caso de los diputados del Partido Acción Nacional (PAN) se pronunciaron en contra de la prohibición de las terapias de conversión en México, motivo por el cual presentaron más de 100 reservas.

Tras su aprobación en la Cámara de Diputados no solo se prohibirán las Ecosig a nivel nacional, sino que también se impondrán sanciones de dos a seis años de prisión y multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie las terapias de reorientación sexual.

¿De qué trata la minuta contra las Ecosig?

Las reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud establecen lo siguiente:

  • Establece sanciones para tratamientos, servicios o prácticas que impidan el libre desarrollo de la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
  • Aumenta las sanciones si la víctima es menor de edad, cuenta con discapacidad, es adulto mayor, o tiene alguna relación con el agresor.
  • Sanciona al Ministerio Público cuando no solicite los dictámenes correspondientes para evaluar la afectación de la víctima.
  • Agrega sanciones a personas profesionales de la salud que impartan o apliquen tratamientos para suprimir la orientación sexual.

¿Qué son las terapias de conversión?

Las terapias de conversión son prácticas que pretenden cambiar a las personas de gays, lesbianas o bisexuales a heterosexuales y de transgénero o género diverso a cisgénero.

Generalmente estos métodos son clandestinos, y se tratan de intervenciones dañinas que se basan en la idea médicamente falsa de que las personas LGBT y otras personas con diversidad de género están enfermas.

Por lo anterior se recurre a tratamientos psicológicos, medicación o tratamientos de hormonas o esteroides, así como son sometidos a programas que prometen “curar su condición”.

No obstante, no sólo los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género son ineficaces, sino también puede ser extremadamente dañinos, pues se recurren a experiencias de dolor y sufrimiento.