Los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), también conocidos como “terapias de conversión” quedaron prohibidos en Querétaro el pasado 29 de junio, convirtiéndose en la entidad número 15 en sancionar estas prácticas en el país.
Con la aprobación de esta iniciativa el estado se convierte en la entidad número quince en prohibir aquellas prácticas que intentan modificar la diversidad sexual de la población LGB´+.
Esta reforma modificó varios artículos de la Ley de Salud del Estado de Querétaro, la Ley de Salud Mental del Estado, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado y el Código Penal del Estado de Querétaro.
"Si hay algo que curar en la entidad, es la discriminación; hay que eliminarla y erradicarla de nuestro estado", dijo el diputado local Paul Ospital Carrera duante la aprobación.
De acuerdo con las cifras más recientes de la Encuesta Nacional Sobre Diversidad Sexual y Género (Endiseg), Querétaro se ha convertido en el segundo estado con más discriminación hacia la población LGBT+ en México.
¿Cómo se sancionarán los ECOSIG?
De acuerdo con lo aprobado con la Legislatura de Querétaro, quien incurra en actos podría ser sentenciados de dos a seis años de prisión o una multa de hasta 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
En México se estima que medio millón de personas de la población LGBT+ han pasado por los ECOSIG tras revelar su identidad sexual a su familia o círculo cercano.
En específico, la Endiseg señaló que 1 de cada 7 personas personas Trans y 1 de cada 10 personas LGB+ fueron obligados a asistir con un médico, autoridad religiosa u otra persona para “corregir” su identidad u orientación sexual.
Para hacer estos ECOSIG se utilizan métodos psicoterapeúticos, médicos e incluso religiosos en los que se tortura a una persona LGBT+ para que ignore su orientación sexual o identidad de género.