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Logra Partido Verde endurecer sanciones al tráfico de madera

Entre 2018 y 2020 se denunciaron mil 179 casos de tala ilegal en México.

Karen Castrejón, líder nacional del PVEM, celebró el endurecimiento de normas punitivas para quienes trafican con madera.Créditos: Especial
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Karen Castrejón Trujillo, dirigente nacional del Partido Verde Ecologista de México explicó que, gracias a las reformas al Código Penal Federal impulsadas por su agrupación, se logró que, hoy en día, “el transporte ilícito de recursos maderables se castigue hasta con doce años de prisión”.

"México se encuentra dentro de los diez países con mayor pérdida de bosques y cuenta con más de 100 zonas críticas de tala clandestina", lamentó

Karen Castrejón explicó que, gracias a las modificaciones hechas en la presente legislatura, "se puede castigar con mayor severidad el tráfico ilegal de madera y con ello erradicar la deforestación de los bosques".

Indicó que los últimos datos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), revelaron que entre 2018 y 2020 se denunciaron mil 179 casos de tala ilegal.

"La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, también reveló que nuestro país ha perdido su cobertura forestal", señaló

Ahondó que este flagelo ecológico, se da a una tasa neta de 128.8 mil hectáreas por año, "debido a prácticas ilegales como el cambio de uso del suelo, la tala clandestina y el comercio de materias primas, entre otros".

La también diputada federal ecologista, comentó que, en la lucha por combatir estos delitos, el Partido Verde logró que se aprobara la reforma para que la Profepa, en coordinación con los ministerios públicos, coadyuven a perseguir el transporte ilícito de madera sin importar el volumen de los recursos forestales trasladados y, con ello, “se contribuya a proteger la superficie forestal que hoy en día es de 137 millones de hectáreas”.

La normatividad

El Código Penal Federal, en su Artículo 419, expone que "se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a 3 mil días de multa, a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable".

La misma pena, de acuerdo al Código Penal Federal, se aplicará "aun cuando la cantidad sea inferior a cuatro metros cúbicos, si se trata de conductas reiteradas que alcancen en su conjunto esta cantidad".

El castigo privativo de la libertad, antes mencionado, "se incrementará hasta en tres años más de prisión y la pena económica hasta en mil días multa, cuando los recursos forestales maderables provengan de un Área Natural Protegida".