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Calendario 2025: Sólo estos trabajadores tendrán 10 días de descanso oficial; 3 días más que todos

En 2025, las y los empleados mexicanos tendrán 7 días de descanso obligatorio, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

Algunos trabajadores de mexico descansarán más que el resto. Créditos: Cuartoscuro.
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Durante el 2025, las y los trabajadores mexicanos tendrán 7 días de descanso obligatorios, fuera de sus vacaciones, sin embargo, sólo un grupo de ellos tendrá más fechas para pasar junto con su familia o simplemente relajarse.

De acuerdo con el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, estos son los días que las y los trabajadores descansarán en 2025:

  • 1ro de enero: Año Nuevo.
  • 5 de febrero: Conmemoración de la Constitución de 1917. Aunque se celebra el 5, el puente se recorre al primer lunes del mes, que en 2025 caerá el 3 de febrero.
  • 21 de marzo: Natalicio de Benito Juárez. El puente se recorre al tercer lunes de marzo, que es 17.
  • 1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores.
  • 16 de septiembre: Día de la Independencia.
  • 20 de noviembre: Conmemoración de la Revolución mexicana. Al igual que en otras fechas, este puente se recorrerá al tercer lunes de noviembre, es decir,  el lunes 17.
  • 25 de diciembre: Navidad.

¿Quiénes son los trabajadores que descansarán más días en 2025?

El próximo año los trabajadores de entidades financieras descansarán Jueves y Viernes Santo, así como el 12 de diciembre, día en que se conmemora a la Virgen de Guadalupe, según disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Hacienda en conjunto con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Las instituciones de crédito, casas de bolsa, bolsas de valores, instituciones para el depósito de valores, instituciones calificadoras de valores, contrapartes centrales de valores, bolsas de contratos de derivados, cámaras de compensación de instrumentos derivados y sus socios liquidadores, fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, populares, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades de información crediticia e instituciones de tecnología financiera deberán cerrar sus puertas en las fechas antes mencionadas.

Cabe destacar que, si bien se dan vacaciones a estudiantes, las y los trabajadores no tienen descanso obligatorio en Semana Santa que esté respaldado por la ley, a excepción de los antes mencionados