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Repartidores de Uber y DiDi: diputados aprueban darles salario, IMSS y utilidades

Los cambios en la Ley Federal del Trabajo que benefician a las y los trabajadores de plataformas digitales ahora se discutirá en el Senado.

La iniciativa en materia de plataformas digitales les dará varios beneficios a las y los trabajadores de plataformas digitales, entre ellas Uber, Didi, Rappi y otras. Créditos: Facebook y Cuartoscuro
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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular con 389 votos a favor, 65 en contra y 0 abstenciones la iniciativa que garantizará los derechos laborales a las y los trabajadores de plataformas digitales, como las y los repartidores de plataformas digitales como Uber y DiDi.

"Aprobado en lo particular y lo general el proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 49, 50, 127, un capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales", indicó la diputada Dolores Padierna. 

Esta propuesta, que reforma los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo, fue impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum. 

Estas modificaciones benefician a más de 2.5 millones de personas, de acuerdo con la información que se presentó en la Cámara de Diputados. 

¿Qué dicen los cambios a la Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales, como Uber y DiDi?

La iniciativa que modificará varios artículos de la Ley Federal del Trabajo busca que las y los trabajadores de las plataformas digitales, como repartidores de Didi y Uber, pretende darles inscripción al IMSS, un salario, indemnización en caso de despido y reparto de utilidades. 

"Para las personas trabajadoras de plataformas digitales la indemnización consistirá en tres meses de salario. Adicionalmente se pagarán veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados, tomando en cuenta el tiempo efectivamente laborado", indica uno de los cambios al artículo 50. 

Mientras que también podrán participar en el reparto de utilidades de la empresa cuando su tiempo laborado en la misma sea superior a 288 horas anuales. 

Además se les dará un salario, lo que contemplará descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras. 

"El salario en el trabajo en plataformas se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado. En atención a la naturaleza flexible del trabajo, dicho pago contemplará el proporcional de día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras, sin que proceda el pago o reconocimiento de algún valor adicional por cualquiera de esos conceptos", se indica en el artículo 291-F, que forma parte del Capítulo IX Bis. 

Se precisa que si la persona trabajadora deja de tener actividad por 30 días naturales se terminará la relación laboral de manera automática sin que el empleador deba darle indemnización. 

También se define que el horario en las plataformas digitales es flexible y discontinúo, es decir, el tiempo laborado será desde que se acepta prestar una tarea, servicio, obra o trabajo hasta el momento que se termina. 

¿De cuánto serán las multas si no se cumple con los cambios en la iniciativa de plataformas digitales?

Las multas en caso de que no se cumplan con las leyes relativas a las plataformas digitales, entre ellas Uber y DiDi, van desde los 27 mil 142 pesos (250 UMAs) hasta los 2 millones 714 mil 250 pesos (25,000 UMAs).