La iniciativa de reforma, conocida como supremacía constitucional, que fue presentada por la Cuarta Transformación para blindar la reforma al Poder Judicial se encuentra en las comisiones del Senado de la República para su discusión y votación.
El dictamen fue presentado el pasado 22 de octubre en el Pleno de la Cámara Alta por el senador Adán Augusto López, coordinador parlamentario de Morena, y causó varias críticas no sólo de la oposición, sino de diversas organizaciones y asociaciones de la sociedad civil, así como organismos internacionales y hasta jueces.
Esto se debe a que la iniciativa busca impedir las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad sobre las modificaciones que sean aprobadas por el Poder Legislativo.
La reforma pretendía modificar los artículos 1, 103, 105 y 107 de la Constitución. En el dictamen se buscaba que el primer artículo de la Carta Magna estableciera que las normas relativas a los derechos humanos en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio del “control de convencionalidad”.
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No obstante, el senador Adán Augusto detalló este miércoles en “Por la Mañana” con Ciro Gómez Leyva que se iban a retirar las modificaciones al artículo 1 de la Constitución.
“Nos vamos a limitar a los (artículos) 103, 105 y 107 constitucionales. Vamos a retirar, en el transcurso del día, la parte que corresponde a la convencionalidad de la ley. Se trata de que lo que ya está en la Ley de Amparo ahora esté en la Constitución”, expresó.
Lo que ocurrió luego de que se hiciera una valoración jurídica y política de si era necesario entrar en ese debate en estos momentos. Además, el senador Javier Corral dijo en entrevista con Enrique Acevedo para Fórmula Noticias que los cambios se hicieron tras escuchar las demandas de la sociedad, pero ¿de qué se trata el control de convencionalidad y qué tiene que ver con los derechos humanos? Te explicamos.
¿Qué es el control de convencionalidad y por qué eliminarlo viola DH?
El control de convencionalidad es una herramienta clave para garantizar que las leyes respeten los tratados internacionales e interamericanos de los que el Estado Mexicano es parte, de acuerdo con Amnistía Internacional.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación indica que el control de convencionalidad es un mecanismo que se ejerce para verificar que una ley, reglamento o acto de las autoridades del Estado se ajustan a las normas, los principios y obligaciones de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Suele utilizarse para garantizar los derechos que están descritos en la Convención Americana de Derechos Humanos. El control de convencionalidad implica valorar los actos de la autoridad “a la luz del Derecho Internacional de los derechos humanos, expresados en tratados o convenciones e interpretado, en su caso, por los órganos supranacionales que poseen esta atribución”.
El control de convencionalidad puede impactar mediante la expulsión del sistema interno de normas contrarias a la Convención, a través de la vía legislativa o jurisdiccional, el ajuste de las actuaciones de lor órganos ejecutivos y legislativos a las obligaciones internacionales o la modificación de prácticas de los órganos del Estado que sean contrarias a estándares internacionales, por señalar las más importantes.
Lo que quiere decir que con la reforma de la supremacía constitucional se buscaba que las iniciativas que fueran aprobadas en el Congreso no fueran sometidas a revisión por órganos internacionales bajo el argumento del control de convencionalidad para garantizar los derechos humanos.
Amnistía Internacional fue una de las organizaciones que reprobó la iniciativa que la 4T presentó en el Senado de la República y pidió a los legisladores que la rechazaran porque significa un retroceso en materia de derechos humanos.
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) también señaló que la eliminación del control de convencionalidad implica cambiar una disposición que tanto tiempo costó alcanzar y que es indispensable para incorporar los tratados internacionales que protegen a las personas.