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PVEM busca sancionar con más severidad a deudores alimentarios

Las penas por incumplir las obligaciones alimentarias podrían ir desde un mes hasta cinco años de prisión.

La Fracción Parlamentaria del Partido Verde en la Cámara de Diputados legisla en beneficio de las familias y a favor de sus responsabilidades y bienestar.Créditos: Especial
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La Fracción Parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Las y Los Diputados, asegura que la pensión alimenticia juega un papel fundamental en el bienestar de muchas familias en México.

"Al menos tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben la pensión correspondiente", acusaron

Las y los legisladores del Partido Verde reiteran la urgencia de establecer medidas para garantizar que los menores reciban los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas.

Recordaron la propuesta que presentaron, la cual busca imponer sanciones más severas a aquellos que incumplen con sus obligaciones alimentarias hacia sus hijos.

“La iniciativa plantea considerar como 'abandono' el incumplimiento (consecutivo o intermitente) por más de 60 días, de las obligaciones alimentarias”, detallaron

Los Ecologistas proponen imponer penas de prisión de hasta cinco años, así como multas y privación de derechos de familia a los infractores.

La propuesta plantea que "las penas por incumplir las obligaciones alimentarias podrían ir desde un mes hasta cinco años de prisión o de 180 a 360 días multa", detallaron

Los y las diputadas del Partido Verde Ecologista de México, recordaron que la propuesta también contempla la privación de derechos de familia y el pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.

Pensión alimentaria en México

El derecho a los alimentos, nace en virtud de la filiación; es decir que todos los miembros de la familia tienen la obligación de proporcionar alimentos y el derecho a recibirlos.

La provisión de alimentos pueden pactarse por convenio o por decisión de un juzgado, de acuerdo con la normatividad establecida en cada una de las entidades federativas.

El derecho a alimentos es de orden público y el Estado es quien vela por la integridad de los integrantes de las familias.

El derecho de recibir alimentos no es renunciable, ni objeto de transacción, y la obligación alimentaria es recíproca.

Quien está obligado a dar alimentos es llamado deudor alimentario y, quien tiene derecho a ellos es acreedor alimentario o acreedor alimentista.