La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aseguró 1 mil 811 productos que contienen CBD, semillas de cañamo, así como extractos de cannabis y otras sustancias, de la cadena Paradise, en la Ciudad de México, bajo el argumento de que no se tiene evidencia sobre su seguridad, calidad y origen de fabricación.
Paradise es una empresa creada en Nuevo León para la comercialización de productos derivados de la marihuana, tanto por comercio electrónico como por venta al público, que cuenta con tiendas en 25 estados de la República; la comercialización de sus productos se encuentra fuera de la normatividad sanitaria.
El expresidente Vicente Fox es socio de esta compañía y con su imagen promueve los productos.
De acuerdo con las autoridades sanitarias, se llevaron a cabo visitas de verificación a diversos establecimientos de la cadena Paradise, en la capital del país, como parte de la estrategia para evitar que se comercialicen productos prohibidos con etiquetado y comercialización engañosa o que incumplen la regulación sanitaria.
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Según la Cofepris y de conformidad con la Ley General de Salud se tomaron 165 muestras de etiquetas de diferentes productos por presentar diversas irregularidades en la información, entre ellas, algunas que ostentan un código atribuido a Cofepris aparentando ser un registro sanitario.
La Comisión informó que se suspendieron las actividades en una sucursal de Paradise ubicada en la alcaldía Benito Juárez, por no contar con aviso de funcionamiento que autorice las operaciones de ese local como establecimiento comercial.
El pasado 11 de abril, la Cofepris denunció que durante los últimos días de la administración de Enrique Peña Nieto se otorgaron 63 permisos para la comercialización de productos cannábicos a empresas ligadas a familiares de Vicente Fox por lo que anunció una indagatoria.
¿Qué dice la ley sobre los productos cannábicos?
El artículo 234 de la Ley General de Salud cataloga como estupefaciente a la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, así como su resina, preparados y semillas; por su parte, el artículo 245 señala que los canabinoides sintéticos se clasifican como substancias psicotrópicas.
Por su parte, el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios señala que los suplementos alimenticios no deben contener en sus ingredientes las plantas que no se permiten para infusiones o tés; entre ellas, la cannabis sativa, índica y americana.
Asimismo, establece que en la etiqueta y en la información con la que se comercialicen suplementos alimenticios no se debera´ presentar información en la que se ostenten indicaciones preventivas, rehabilitatorias o terapéuticas, además de que no se deberán utilizar estupefacientes o sustancias psicotrópicas en la elaboración de productos de perfumería y belleza.