En la actualidad, en México el catálogo de enfermedades de trabajo considera únicamente 161 padecimientos; sin embargo, de obtener ‘luz verde’ la nueva propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), en esta categoría también serán reconocidos y considerados los casos de ansiedad, el estrés grave y el COVID-19.
Y a todo esto, ¿cómo se puede pedir un certificado de incapacidad? Te contamos.
La Incapacidad Temporal para el Trabajo (ITT), según el Artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es “la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo”.
Asimismo, la Ley Federal de Trabajo establece que los riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a los que están expuestos las y los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. En ese sentido, cuando el daño a la salud de un trabajador corresponde a un accidente o enfermedad producidos dentro del ámbito laboral, se otorga una incapacidad por el ramo de Riesgo de Trabajo.
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En tanto, la enfermedad de trabajo corresponde al estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
¡Ojo! Para obtener la incapacidad, el médico tratante del seguro social es quien expide el certificado, por lo que tiene la facultad de determinar el tiempo probable de días para la recuperación de la enfermedad del asegurado.
De esta forma, el médico o estomatólogo del IMSS tendrá que considerar:
- Historia natural de la enfermedad.
- Gravedad.
- Tipo de tratamiento utilizado.
- Edad.
- Comorbilidad.
- Puesto de trabajo que desempeña.
Una vez expedido el certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo, debes entregar a tu patrón una copia del documento donde se valide este beneficio con el objetivo de enterarlo.
Sin embargo, si la imposibilidad física corresponde a causas ajenas, dicho certificado corresponde al ramo de Enfermedad General.
Incapacidad por estrés grave o ansiedad
Este jueves se dio a conocer que el presidente López Obrador inscribió en la Cámara de Diputados una nueva iniciativa con la que el COVID-19, ansiedad, estrés grave, y otras, serán catalogadas como enfermedades de trabajo.
Además, dicho proyecto de reforma considera la protección a las mujeres en la prevención de enfermedades como los abortos repetitivos, la infertilidad y la endometriosis.
Se trata de un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Si quieres conocer cuáles son los nuevos padecimientos que se pueden incorporar a la tabla de enfermedades de trabajo, da clic aquí.