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REFORMA LABORAL

Vacaciones dignas: ¿Qué hago si mi empresa me niega los 12 días de la reforma laboral?

A las personas que se les nieguen 12 días mínimos de vacaciones podrán iniciar un proceso legal para exigir el respeto a la reforma que entró en vigor a inicios de 2023.

A partir del 1 de enero las vacaciones aumentaron de 6 a 12 días tras el primer año laboralCréditos: Pexels
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El incremento de vacaciones es una de las reformas laborales más celebradas de los últimos años. Desde el 1 de enero del 2023, los trabajadores tienen derecho a tomar no 6, si no 12 días de descanso tras el primer año de trabajo, aumentando dos días más por cada periodo anual consecutivo. 

Aunque esta ha sido una noticia bien recibida, esto no significa que los patrones y empresas lo aceptarán de un día para otro; es probable que algunos se nieguen a actualizar el derecho de sus colaboradores e intenten seguir otorgando vacaciones de seis días para los trabajadores que lleven un año, o sus respectivos días según la ley anterior. 

"En un país como el nuestro habrá muchas empresas, sobre todo aquellas explotadoras, que interpretando mal el principio de retroactividad de la ley, no les van a dar los 12 (días)", señaló el abogado José Antonio Aguilar, en entrevista con Grupo Fórmula. 

Este principio se encuentra estipulado en el Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y señala que "a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna".

La actualización del derecho deberá realizarse independientemente del si la contratación fue antes o después del 2023 Foto: Cuartoscuro

En otras palabras, "la ley no puede ser usada en contra de los derechos humanos, pero sí en beneficio", explicó el especialista.

En este caso, las disposiciones legales aplicarán independientemente de la fecha en la que la persona fue contratada. 

Al menos así lo estipula el segundo transitorio del Decreto en el que no sólo incluye contratos individuales y colectivos, también indica que en cualquier forma o denominación  se aplicarán "siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras".

¿Qué hacer si no me quieren dar 12 días de vacaciones?

Si a pesar de todo esto, tu patrón o empresa no quiere darte los 12 días o más que te corresponden por la nueva ley, los trabajadores cuentan con mecanismos y herramientas para exigir sus derechos. 

  1. Meter una denuncia de la violación al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo. Si formas parte del gobierno deberás acercarte al Tribunal de Conciliación y Arbitraje y si eres elemento de iniciativa privada serán los juzgados laborales lo que lleven el caso. 
  2. Etapa conciliadora. Con el fin de evitar una sobrecarga de demandas, los procedimientos legales fomentan la búsqueda de acuerdos entre empleador y trabajador. "Ante el conciliador acude el trabajador, el patrón y esta persona conciliadora trata de mediar para que se respeten los derechos laborales, tanto del trabajador como del patrón", explicó Aguilar.
  3.  Demandar por violación a los derechos laborales. En caso de no llegar a un acuerdo, el caso se llevaría a juicio, un escenario que el abogado considera poco probable. Sin  embargo, en caso de estar en él, se recomienda ya la asesoría jurídica de un profesional. 

En caso de terminar en un juicio para exigir respeto a la reforma vacacional, "El patrón tiene todas las de perder", recalcó el abogado. "La ley es muy clara y ahora con esta protección de derechos laborales es muy claro que la sentencia saldría a favor del trabajador ". 

Estas consideraciones aplican tanto para las personas que cumplen un año y se les niegan sus 12 días como para aquellas que llevan varios años laborando y sus patrones se niegan a actualizar su derecho. 

Tabla vacacional de la STPS 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer la tabla de vacaciones a la que deben adaptarse todas las empresas y patrones. En ella se señala que el primer año, los trabajadores gozarán de 12 días; el segundo de 14; el tercero de 16 y así consecutivamente. 

Para aquellas personas contratadas antes del 2023, la actualización vacacional se realizará a partir del cumplimento de su año laboral en este periodo. Es decir, si el ingreso fue el 1 de febrero del 2021, ese día, pero de 2023, el trabajador gozará ya de 14 días de descanso.