La Secretaría de la Función Publica (SFP) desechó la queja en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y Daniel Chávez Morán, fundador de Grupo Vidanta, por probable conflicto de interés en la ejecución del Tren Maya.
Esto luego de que Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) señalara en febrero de este año que en 2020, la Cuarta Transformación (4T) otorgó a Grupo Vidanta una ampliación de una concesión para ocupar una playa por 15 años más.
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"Con base en la información obtenida y en el marco jurídico aplicable, la investigación determinó que no se encontraron evidencias competentes y concluyentes que acreditaran la presunta comisión de hechos, actos u omisiones susceptibles de configurar alguna falta administrativa atribuible al servidor público y a los particulares", apuntó la SFP en un comunicado.
De acuerdo con MCCI, Daniel Chávez Morán es un empresario, amigo y asesor del presidente Andrés Manuel López Obrador.
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Indicó que Grupo Vidanta recibió en 2020 la ampliación por 15 años de una concesión para ocupar una playa, así como un permiso para construir un teleférico sobre el río Ameca, que conectará dos megaproyectos turísticos en Jalisco y Nayarit.
Agregó que la concesión y el permiso fueron otorgados el mismo año en que el hijo de López Obrador, José Ramón López Beltrán, obtuvo la visa para trabajar en Estados Unidos por gestión e invitación de KEI Partners, empresa inmobiliaria fundada en Houston por los hijos del fundador de Vidanta, quienes también han tenido participaciones accionarias en compañías de ese consorcio turístico.
Sin embargo, la SFP explicó que en su investigación se acreditó que Chávez Morán, nombrado como "supervisor honorario" en el proyecto del Tren Maya, no recibió ni recibe ningún sueldo, emolumento, pago o retribución por parte de la Administración Pública Federal.
Agregó que no ha ejercido las funciones de las personas servidoras públicas designadas en términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
"No se encontraron irregularidades en los actos jurídicos relacionados entre el Grupo Vidanta e instituciones del Gobierno Federal".
Agregó que la SFP no tiene competencia para investigar actos jurídicos ajenos a la Administración Pública Federal, ni tampoco los actos celebrados fuera del territorio nacional, como los que se refieren en el escrito acerca de la empresa KEI Partners.