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Pensión IMSS: ¿Cómo obtener el apoyo extra para los beneficiarios de un pensionado?

La Pensión del IMSS brinda un apoyo extra a sus beneficiarios que consiste en aumentar la cantidad de dinero en caso de que este tenga familiares que dependan de ellos.

Pensión IMSS: Te decimos cómo obtener el 'apoyo extra' para familiares.Créditos: IMSS
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La Pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) permite que sus derechohabientes puedan obtener un 'apoyo extra' en caso de que estos tengan familiares que dependan económicamente de ellos, pueden ser esposa, hijos e incluso padres, siempre y cuando se demuestre la necesidad. 

El IMSS señala este apoyo extra como "asignaciones familiares", las cuales permiten incrementar el monto de la pensión con un porcentaje que depende del familiar que se asigne como beneficiario. 

¿Cómo obtener las asignaciones familiares de la Pensión IMSS?

El 'apoyo extra' correspondiente a las asignaciones familiares se otorgarán a los beneficiarios que cumplan con los siguientes requisitos:

Para el caso de la esposa y concubina, los pensionados deberán acreditar el matrimonio o , en su defecto, el concubinato, mientras que en el caso del hijo menor se hará con el parentesco.

Asimismo, se debe hacer una acreditación para los hijos de 16 años y hasta 25 que se encuentren estudiando, sin embargo, ellos también deben demostrar que se encuentran estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional.

En caso de que se requiere para los padres del asegurado, tendrán que acreditar el parentesco y la dependencia económica del ascendiente con el asegurado. Además, no debe existir esposa, concubina, o hijos del pensionado.

Adultos mayores en pareja. Créditos: Pixabay

¿Qué documentos se necesitan para una asignación familiar?

Los titulares de la Pensión IMSS deben presentar los documentos del beneficiario, dependiendo del tipo que se elija y se quiera dar de alta. 

Documentos generales de los beneficiarios

  • Identificación oficial vigente. 
  • Comprobante de domicilio.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Acta de Nacimiento.

Adicionales de Esposa 

  • Copia certificada del Acta de Matrimonio

Adicionales de Concubina 

  • Copia Certificada de la Resolución ejecutoriada emitida por autoridad judicial. 
  • Copia Certificada del Acta de Nacimiento de los hijos que hubieren procreado la beneficiaria y el asegurado.

Adicionales de hijo hasta los 16 años 

  • En este caso no se deberán añadir documentos extra. 

Adicionales de hijo estudiante, de 16 hasta 25 años 

  • Constancia de estudios

Documentos adicionales de los padres

  • Copia Certificada de la Resolución emitida por autoridad judicial que acredite la dependencia económica del ascendiente.

  • Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos, a través de la cual se acredite que el registro como beneficiario del asegurado. 

De esta manera, el pensionado recibirá una ayuda económica denominada asignación familiar, por concepto de carga familiar y se le otorgará el 15 por ciento extra por esposa o concubina, 10 por ciento por cada hijo menor de 16 años, 10 por ciento por cada hijo de 16 y hasta 25 años que esté estudiando o 10 por ciento por los padres del pensionado en caso de que dependieran de él. 

En caso de querer realizar el trámite, los asegurados o pensionados podrán presentarse en la Unidad de Medicina Familiar que les corresponde o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.