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REVOCACIÓN DE MANDATO

Revocación de mandato: ¿Me pueden sancionar por no haber votado?

El titular de la UIF, Pablo Gómez, recordó a los ciudadanos que participar en la revocación de mandato u otros ejercicios electorales es obligatorio

Participar en la revocación de mandato u otros ejercicios electorales es obligatorio Créditos: Cuartoscuro
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¿Te abstuviste de votar en el ejercicio de revocación de mandato el pasado domingo 10 de abril? Malas noticias, pues tu participación era obligatoria, por lo que no haberlo hecho es motivo de sanción.

Así lo confirmó el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, quien por medio de su cuenta de Twitter comunicó que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establecen sanciones por no cumplir con dicha disposición.

Según el funcionario en el artículo 36 se establecen las obligaciones que un ciudadano mexicano debe de cumplir, mientras que en el artículo 38 se pueden encontrar las sanciones.

“La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La ‘autoridad electoral’ nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo mil 360 millones en sus ilegales fideicomisos”.

“Corrección: el artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo”, escribió Gómez.

¿Qué dice la Constitución Mexicana?

De acuerdo con lo establecido en la Carta Magna en el artículo 36 se encuentran las obligaciones del ciudadano: “Votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley”.

Sin embargo, de no participar en las elecciones, consultas populares y procesos de revocación de mandato; así como no cumplir con las obligaciones que impone el artículo 36, los derechos o prerrogativas de los mexicanos se suspenden.

“Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley”.

Entre los derechos que los ciudadanos perderían se encuentran: votar, ser votado, libertad de asociación, defender al país, de petición, ser servidor público, presentar iniciativas de ley, entre otros.

Cabe mencionar que en el ejercicio de revocación de mandato participaron únicamente 16 millones 502 mil 636 ciudadanos, lo que representa apenas el 17.7 por ciento de los votantes registrados en la lista nominal.