A menos de dos semanas de que se lleve a cabo la consulta para la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, el Frente Nacional Ciudadano Anti AMLO (Frena) ya tiene listo su “Plan Patriota”, con el que busca lograr quitar al tabasqueño del cargo.
Como parte de su estrategia, la organización civil opositora a la llamada cuarta transformación (4T) planea crear “comités ciudadanos” que vayan colonia por colonia el próximo domingo 10 de abril para invitar a los ciudadanos a votar para que López Obrador deje la Presidencia.
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Al igual que las estrategias otras organizaciones que son simpatizantes de AMLO, como es el caso de Que Siga la Democracia, existen algunas dudas respecto a la legalidad del plan de Frena para que gane la revocación de mandato del presiente en la consulta y especialmente para promover un sentido de la votación el mismo día de la consulta.
Grupo Fórmula consultó con el maestro Christian Salazar Montiel, académico de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), para saber si el “Plan Patriota” de Frena es legal.
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¿Cuáles son las reglas de la consulta de revocación de mandato?
Al ser un proceso similar a una elección, tanto el proceso como la jornada de consulta se rigen por leyes que determinan cuáles son los periodos legales para promover la participación de las y los ciudadanos en este ejercicio democrático.
En primer lugar, el académico recalcó que la consulta es un instrumento de participación que está establecido en la ley, por lo que es similar a un proceso electoral; entonces se establece el mismo periodo de veda para promoverlo de tres días antes de la votación.
“Son reglas similares a lo que es una elección (…) hay una reglamentación de la misma manera que hay en las elecciones, esto implica que hay un periodo de promoción y un periodo donde ya no se permite promover propaganda del ejercicio”, explicó.
Existen tres lineamientos que rigen el proceso de revocación de mandato:
- La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General).
- La Ley Federal de Revocación de Mandato (Ley de Revocación)
- Lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para la organización de la Revocación de Mandato del Presidente de la República (Lineamientos del INE).
Respecto a la promoción de la consulta, los Lineamientos del INE establecen en su artículo 40 que: “las actividades de promoción y difusión de la participación ciudadana, relativas a la revocación de mandato, se deberán suspender 3 días antes al de la Jornada”.
¿Es legal el Plan de Frena?
En entrevista para Grupo Fórmula, Gilberto Lozano, líder de Frena, reveló que la organización ya prepara el “Plan Patriota”, con el que tiene planeado desplegar “comités ciudadanos” que vayan colonia por colonia el próximo domingo 10 de abril invitando a las y los ciudadanos a votar a favor de la revocación para que AMLO sea removido de la Presidencia.
Al respecto, el maestro Salazar aclaró que cualquier ciudadano puede expresar su postura e incluso invitar a otras personas a participar en la consulta.
“Como ciudadanos sin vínculo político son libres de ejercer su libertad de expresión y señalar sus puntos de vista; ahora bien; en el periodo de 3 días que comprende la ley de veda, independientemente de su posición, no puedes hacer propaganda respecto al instrumento de participación ciudadana”, aclaró el académico.
En su artículo 35, la Ley de Revocación establece que: “las ciudadanas y los ciudadanos podrán dar a conocer su posicionamiento sobre la revocación de mandato por todos los medios a su alcance, de forma individual o colectiva, salvo las restricciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 33 de la presente Ley (que prohíbe contratar tiempo en radio y televisión)”.
Lo anterior significa que cualquier persona puede promover la consulta aún durante la veda de tres días establecida por la ley, siempre y cuando lo haga a título personal y de voz en voz, sin utilizar ningún medio de propaganda como volantes, carteles, etc.
“Si no están haciendo un espectacular, si no hacen un mitin, no están violando la ley; si lo hacen de voz en voz, es cosa de cada quién”, explicó el académico.
¿Frena podría ser castigado?
En caso de que el INE considere que Frena o cualquier otra persona, institución, partido, etc., infrinja alguno de los lineamientos establecidos para la revocación podrá establecer la sanción correspondiente, recordó el académico de la UNAM.
“Hay alguna sanción que establece el INE y varía respecto del acto que hagan, si se promueve a través de un comercial de televisión, de un espectacular, varía en función de cuál sea la violación; pero transgredir la ley de revocación de mandato y las leyes electorales conllevan una sanción, porque las leyes son aplicables a los partidos políticos, a los funcionarios y en algunos casos a los ciudadanos”, recalcó el maestro Salazar.
La Ley de Revocación establece en el artículo 61 que: “corresponde al Instituto vigilar y, en su caso, sancionar las infracciones a la Ley en los términos de la Ley General”.
En tanto, la Ley General determina en su artículo 442 que los ciudadanos pueden ser acreedores a sanciones por infracciones cometidas a las disposiciones electorales.
Por lo tanto, los integrantes de Frena tienen la posibilidad de llevar a cabo su “Plan Patriota” para invitar a las y los ciudadanos a votar en la consulta a favor de la revocación del mandato de AMLO, siempre y cuando lo hagan de voz en voz y a título personal.