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¿El SAT puede cobrarme impuestos por transferencias electrónicas?

Los contribuyentes deben tener cuidado a la hora de realizar transferencias electrónicas para evitar problemas con el SAT.

SAT no cobra impuestos por las transferencias electrónicas Créditos: Cuartoscuro
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El miedo de todos los contribuyentes es el de tener deudas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que una duda recurrente es si el órgano puede cobrar impuestos por realizar transferencias electrónicas.

Para fortuna de los mexicanos, la respuesta es no; sin embargo, se debe tener cuidado con este tipo de acciones, ya que el SAT podría considerar que el traspaso de efectivo es un incremento de ingresos.

Y es que el transferir dinero de una cuenta a otra podría considerarse como una “discrepancia fiscal”, misma que es detectada en el incremento del patrimonio, por lo que el órgano adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) podría detectar una diferencia entre los ingresos declarados y los depósitos percibidos.

Si llegas a tener problemas fiscales por realizar transferencias electrónicas debes contar con varios documentos: estados de cuenta, papeles de trabajo, cuenta de donde proviene el depósito, registro de operaciones, equivalencia de los montos entre cuentas y verificación del nulo incremento patrimonial. Esto te permitirá respaldarte y ayudarte a evitar tener problemas con la autoridad y a que pagues impuestos.

¿Se paga impuestos por depósitos en efectivo?

Los contribuyentes tampoco deberán pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria por las transferencias bancarias y depósitos en efectivo que hagan o reciban.

En caso de que los depósitos o transferencias excedan los 15 mil pesos mensuales, las personas físicas y morales sí deberán realizar el pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

Sin embargo, antes las instituciones bancarias deberán informar a las autoridades sobre los depósitos que rebasen dicha cantidad de dinero.

¿En qué depósitos no se paga el IDE?

  • Los de transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito (cheques, pagarés) o cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
  • Depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas hasta por un monto que no exceda de 15 mil pesos en cada mes de calendario.
  • Los pagos efectuados que no sean en efectivo, sino a través de depósitos por traspaso o transferencias electrónicas, aun cuando éstos sean mayores de 15 mil pesos.
  • Por las transferencias electrónicas de fondos que hacen los residentes en el extranjero, ya que no se considera un depósito en efectivo.