Las mujeres ya no tendrán el derecho automático de obtener la custodia de sus hijos menores de siete años en caso de divorcio, esto luego de que el pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que pone fin a dicha determinación.
Pese a que esta decisión está establecida en el artículo 282 del Código Civil Federal, los legisladores coincidieron que esto contraviene a lo mencionado en la Constitución Mexicana en el principio de igualdad entre hombre y mujer.
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“El otorgamiento de guarda y custodia de un menor de edad no debe estar basado en prejuicios de género”, es el fragmento que se encuentra en la carta magna.
Por lo anterior, los legisladores recalcaron que tanto el hombre como la mujer gozan de las mismas aptitudes y derechos para cuidar convenientemente al menor, por lo que en cualquier caso se podrá determinar la custodia.
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“Actualmente una demanda de divorcio establece como regla general que los menores de siete años deberán quedar al cuidado de la madre, sin embargo, va en contra de la igualdad, debemos repensar las reglas generales para favorecer las necesidades de las infancias y las mujeres”, explicó la diputada Taygete Irisay Rodríguez.
El dictamen fue aprobado por unanimidad de 476 votos a favor, por lo que ahora será turnado a la Cámara de Senadores para su discusión y posible aprobación.
Otro de los dictámenes aprobados por el pleno de la Cámara de Diputados fue que tras el divorcio, la persona que durante el matrimonio se haya dedicado a las labores del hogar y al cuidado de los hijos, será quien obtenga el 50 por ciento del valor de los bienes.
Esto permitirá garantizar la igualdad de derechos matrimoniales del cónyuge que al asumir las responsabilidades antes mencionadas no logró desarrollarse dentro del mercado laboral.