La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la figura de ultrajes a la autoridad, que está presente en el artículo 331 del Código Penal Civil de Veracruz, donde se sanciona con seis meses a dos años de prisión tal ilícito y que es promovida por el gobierno de Cuitláhuac García.
Los ministros de la Suprema Corte consideraron que se trata de un artículo que atenta contra la libertad de expresión, aparte de que no se encuentra bien redactado, por lo que parece sancionar a cualquier ciudadano. Alberto Pérez Dayán consideró que se viola el derecho a la taxatividad, es decir que las normas describan con precisión qué conductas están prohibidas.
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El proyecto de acción de inconstitucionalidad 66/2021, elaborado por Jorge Mario Pardo Rebolledo, propone que los artículos 331 y 371 del código penal veracruzano atentan contra los derechos de libertad de expresión e información, además de poner en riesgo la función del periodismo.
Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro de la Suprema Corte, recogió lo señalado por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Veracruz, que consideró que el delito de ultrajes a la autoridad quebranta el ya mencionado principio de taxatividad al sancionar "cualquier acto".
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Las conductas punibles son ambiguas, además, la restricción no está orientada a satisfacer los intereses públicos que se pretenden proteger", señaló Pardo Rebolledo durante su intervención en el pleno.
De acuerdo con el ministro, el delito de ultrajes a la autoridad "criminaliza cualquier amenaza o agresión, a priori, si sus expresiones o actos son considerados o no como actos delictivos, genera un efecto inhibitorio a la libertad de expresión".
El pleno de la Suprema Corte también invalidó las fracciones 1,2 y 4 del artículo 331, las que establecían agravantes a la hora de cometer el supuesto ilícito. Mientras que el ministro presidente Arturo Zaldívar consideró que se perjudica los estándares internacionales de libertad de expresión.
Cuitláhuac García ha defendido la figura de ultraje a la autoridad, pues asegura que de quedar sin validez, 40 jefes de plaza del crimen organizado serían liberados. No obstante, la Suprema Corte falló en su contra.