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Toma de casetas: Manifestantes podrán ir a prisión más fácilmente

Gracias a una reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación se podrá agilizar la vinculación a proceso de personas que participen en la toma de casetas.

Quienes participen en la toma de casetas podrían ser sentenciados hasta a 7 años de prisiónCréditos: Cuartoscuro
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Aquellas personas que participen en la toma de casetas podrán ser vinculadas y sancionadas con hasta 7 años de cárcel más fácilmente a partir de hoy gracias a la reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación que entró en vigor este miércoles 23 de febrero.

La modificación al artículo 533 de dicha ley, avalada por el Congreso de la Unión, marca los daños a “la operación de los servicios de peaje” como un delito que será sancionado con penas de 6 meses a 7 años de prisión y multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Gracias a dicha reforma se podrá agilizar la vinculación a proceso de personas que participen en la toma de casetas de peaje como parte de una manifestación; sin embargo, el juez deberá tomar en cuenta distintas consideraciones para establecer las penas a las que serán acreedores.

Hasta el día de hoy, 398 personas han sido detenidas por participar en tomas de casetas en distintas carreteras del país como la México-Acapulco, así como autopistas de Jalisco, Sonora y Puebla, recalcó Miriam Moreno durante el noticiero Por la Mañana con Ciro Gómez Leyva.

Reforma reduce sanciones, pero incluye toma de casetas 

La reforma al artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, misma que fue avalada por diputados y senadores, contempla dos principales modificaciones: una respecto a los actos que se consideran sancionables, y otra con una reducción a las multas y penas de prisión.

Anteriormente, dicha legislación no contemplaba la toma de casetas como un delito que fuera sancionado, lo que abría la puerta a la interpretación de los jueces para determinar si las personas que hubiesen participado en estos actos eran o no acreedores a una sanción.

Además, las penas que establecía era mayores, de hasta 9 años de prisión para quienes interrumpieran o dañaran los servicios en las vías de comunicación. Tras la reforma las penas son de 3 meses a 7 años de cárcel.

Con dicha reforma, el artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación queda de la siguiente manera:

“A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

Juez deberá considerar situación de detenidos

Con estas modificaciones, los jueces deberán valorar la sanción que les será impuesta a aquellas personas que participen en la toma de casetas, tomando en cuenta distintas consideraciones y su grado de participación.

Estas son algunas de las circunstancias que deberán tomar en cuenta los juzgadores antes de llevar a cabo una sentencia:

  • Monto del daño causado por el detenido
  • Edad
  • Lugar de residencia
  • Nivel de estudios
  • Su modo honesto de vivir
  • Si ha estado sujeto a un proceso similar 
  • Grado de participación (si sólo estuvo presente, si pedía dinero o levantó la pluma)
  • Agravantes como el uso de la fuerza, armas o vehículos para la toma de casetas

Además, aquellas personas que hayan sido sentenciadas por la toma de casetas tendrán prohibido acercarse a casetas de peaje para realizar acciones de boteo o acciones sociales durante un periodo de 1 a 3 años.