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12 de Diciembre: ¿Es puente, megapuente o ninguna de las dos?

Miles de mexicanos se alistan para celebrar el Día de la Virgen de Guadalupe, el próximo 12 de diciembre, ¿habrá puente?

¿El 12 de diciembre, Día de la Virgen de Guadalupe, hay descanso obligatorio? Esto dice la ley. Créditos: Cuartoscuro
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El próximo 12 de diciembre, las mexicanas y mexicanos celebrarán el Día de la Virgen de Guadalupe; como este 2022 tal fecha cae en lunes, muchos se preguntan si se trata de un día de descanso obligatorio y si habrá puente (o megapuente). Conoce qué es lo que aplica tanto para los trabajadores como para los estudiantes.

En el caso de los trabajadores, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece cuáles son los días de descanso obligatorio y donde pagan el doble. Mientras que en el caso de los estudiantes, la Secretaría de Educación Pública (SEP) fijó los días de asueto en el calendario del ciclo escolar 2022-2023.

¿El 12 de diciembre hay o no hay puente?

No. El 12 de diciembre (Día de la Virgen de Guadalupe) no es considerado como día de descanso obligatorio, de acuerdo con la legislación mexicana y los trabajadores deberán presentarse a sus respectivos centros laborales. El próximo día de asueto es el 25 de diciembre (Navidad), fecha donde las empleadas y empleados tendrán que recibir pago doble y la prima dominical.

En tanto que los estudiantes también tendrán que acudir a los centros escolares o tomar clases en línea, puesto que la SEP tampoco puso al 12 de diciembre como día de descanso obligatorio. Durante este mes, los directivos y profesores tampoco tuvieron juntas de consejo técnico, por lo que no hubo puente entre los días 9 y 12 de diciembre.

Los trabajadores que decidan faltar a sus puestos de trabajo no se encuentran respaldados por la LFT; en el caso de los alumnos que no acudan, tendrán un falta. Para los estudiantes de educación básica -preescolar, primaria y secundaria-, las vacaciones están a la vuelta de la esquina, pues inician a partir del 19 de diciembre.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio, según la ley?

  • 1 de enero.
  • 5 de febrero (se conmemora el primer lunes del mes).
  • 21 de marzo (se celebra el tercer lunes del mes).
  • 1 de mayo.
  • 16 de septiembre.
  • 20 de noviembre (se conmemora el tercer lunes del mes).
  • 25 de diciembre.

El 1 de diciembre de cada seis años, cuando rinde protesta el nuevo presidente, también es considerado como día de descanso obligatorio; aparte de los domingos cuando se lleven a cabo elecciones estatales o federales: para 2023, sólo un par de entidades celebrarán comicios, tal es el caso de Coahuila y el Estado de México.

Al no tratarse de un día de descanso obligatorio (ni puente ni megapuente), conforme a lo establecido por la LFT, el 12 de diciembre o Día de la Virgen de Guadalupe no se paga doble, de ahí que los trabajadores sólo recibirán el salario que les corresponde. Se prevé que miles de personas acudan al templo mariano, ubicado al norte de la Ciudad de México.