El feminicidio a veces se confunde como si se tratara de cualquier caso de homicidio en contra de una mujer; esta confusión se ha presentado históricamente e incluso ha causado que no se haga justicia o no se tomen las medidas adecuadas en casos de crímenes de odio. Sin embargo, se trata de tipos penales completamente diferentes.
Ello porque si bien ambos terminan con el asesinato de una mujer, las causas y las formas en que se dan son distintas. De antemano, podemos partir de un punto: todo feminicidio es en principio un homicidio doloso de una mujer. Pero no todo homicidio de una mujer, doloso o culposo, es un feminicidio.
Aquí te mostramos las diferencias:
Homicidio de mujeres no siempre es feminicidio
El homicidio se define penalmente como privación de la vida de una persona, es decir, cuando una persona mata a otra.
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Estas muertes se pueden producir de manera accidental (culposa) o intencionada (dolosa).
El Código Penal Federal establece que el homicidio se produce por lesiones que dañan uno o varios órganos de forma tal que producen el fallecimiento de la persona. Como pena, se establecen sanciones de 12 a 24 años de prisión por la comisión de este delito, mientras que en caso de ser en una riña, la pena se reduce de 4 a 12 años, mientras que si es en duelo, será de 2 a 8 años.
Para ser considerado como calificado, es decir, que reciba una sanción mayor por su intencionalidad, se requiere que se cometa con premeditación (cuando se ejecuta con acciones como inundaciones, incendios, contagios, intoxicación o envenenamiento entre otras), alevosía (por sorpresa y que tome en estado de indefensión a la víctima) o a traición (cuando se aprovecha de una relación de confianza) y con ventaja.
Feminicidio es un crimen de odio
Si bien el feminicidio es un homicidio de una mujer, a este se le considera la forma más extrema de la violencia contra las mujeres, y por ello se presume que la privación de la vida se dio "por razones de género".
Al respecto, el mismo Código Penal Federal señala que se considera que hay razones de género al privar de la vida a una persona cuando se da alguna de las siguientes 7 circunstancias:
- La víctima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo
- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
- Existen antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
- Ha existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
- Haya datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
- La víctima fue incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
En estos casos, a diferencia del homicidio, la pena por el delito de feminicidio es mayor, de 40 a 60 años de prisión, además de una multa de 500 a 1 mil días, es decir, de 48 mil 110 a 96 mil 220 pesos, acorde con la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en 2022.
A ello se suman sanciones adicionales como la pérdida de los derechos con relación a la víctima, como los derechos sucesorios, como herencias o pago de pensiones.
Feminicidio también castiga a funcionarios omisos
Además, los funcionarios públicos que cometan negligencia u omisión en la procuración o administración de justicia en estos casos, le corresponderán penas de 3 a 8 años de prisión y multas de los 48 mil a los 144 mil pesos, así como la destitución e inhabilitación de 3 a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Tanto para homicidio doloso como para feminicidio se considera tentativa en tanto que se demuestre que se realizaron los pasos necesarios o parte de ellos para consumar el delito, pero por alguna causa ajena a quien lo cometió, este no derivó en la muerte de la persona afectada.
De enero a septiembre de 2022, se reportaron 695 casos de feminicidio con 711 víctimas en el país, de los cuales, poco más del 54 por ciento se concentraron en 7 entidades: Estado de México, Nuevo León, Veracruz, Ciudad de México, Chiapas, Oaxaca y Chihuahua. Mientras que en los primeros 9 meses del año sumaron 2 mil 136 víctimas de homicidios dolosos de mujeres, en tanto que junio tuvo el mayor número de víctimas mujeres de este delito del que se tenga reporte, con 279 casos.
Esta información forma parte de la investigación especial Sobrevivir juntas a la violencia contra las mujeres realizado en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres (#25N).