A la hora de acudir a las salas de cine, las personas aprovechan las promociones en boletos y dulcería para que no gastar tanto; mientras que otros meten alimentos y bebidas a escondidas, a causa de los precios que suelen tener los combos, ¿pero en realidad se trata de un acto ilegal y que puede ser castigado? Te decimos lo que en verdad dice la ley.
En primer lugar es importante resaltar que cada una de las cadenas de cine existentes en México, en especial las más importantes, cuentan con su reglamento interno, donde determinan el alcance de las promociones u ofertas que ofrecen, además de las garantías que se ofrecen a los clientes, la política de reembolsos, entre otros términos.
¿Es ilegal meter alimentos y bebidas a los cines?
Existe un vacío legal en cuanto a si las personas pueden o no meter alimentos y bebidas ajenos a los que venden en el cine. La Ley Federal de Protección al Consumidor no es especifica en este sentido, pues en su capítulo VI -referente a los servicios- no se habla de una situación parecida.
Aunque se ha hecho viral que el articulo 58 afirma que "comprar botanas o alimentos del cine es una opción", en realidad no dice eso, ya que sólo hace referencia a que los prestadores de servicios -en este caso, las salas de cine- no lo pueden negar por motivos de "género, nacionalidad, preferencia, sexual o cualquier otra particularidad".
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El proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad", es lo que de verdad dice la Ley Federal de Protección al Consumidor, de acuerdo con sus últimas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) durante 2012.
En el caso de la Ciudad de México, a las salas de cine y autocinemas también se les aplica la Ley de Establecimientos Mercantiles, que se encuentra vigente desde el 20 de enero de 2011 y tuvo sus últimas modificaciones en agosto de 2023. Bajo esta normativa, las salas de cine son considerados como establecimientos cuyo giro es de impacto vecinal.
Dentro del artículo 11, apartado VIII, la Ley de Estabecimientos Mercantiles fija que se prohíbe lo siguiente para los establecimientos de impacto vecinal: "exigir pago por conceptos de propina, gratificación, cubierto o conceptos semejantes, así como condicionar la prestación del servicio a una determinada cantidad de dinero en el consumo".
¿Qué importancia tiene la venta de alimentos y bebidas para los cines?
De acuerdo con un artículo de Jeiber Sánchez, un especialista en ventas, los cines obtienen amplios beneficios gracias a la venta de alimentos y bebidas, "tienen márgenes de beneficios muy altos en comparación con el costo de producción (...) pueden generar ganancias significativas de estas ventas". En resumen, así obtienen ingresos adicionales.
Existen otro par de factores a tomar en cuenta, que los cines buscan que el consumidor tenga nuevas experiencias, por ejemplo con sabores únicos de palomitas; además de que muchos recurren a las compras impulsivas, sobre todo cuando se encuentran en ambientes de entretenimiento como el cine.
Aunque las autoridades de los cines no pueden detener ni mucho menos retener a las personas por ingresar con sus alimentos y bebidas, quedará en la elección de cada consumidor si prefieren alguno de los artículos o combos de dulcería, o 'arriesgarse' a entrar con sus propias botanas.