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¿Tienes una mascota? Si no cumples estas obligaciones como dueño, te pueden sancionar en CDMX

Una reforma aprobada por el congreso de CDMX estableció las obligaciones de los dueños y el concepto de "tutela responsable", es decir, la procuración de condiciones favorables de salud y bienestar para las mascotas.

La reforma integró conceptos como animal de compañía y tutela responsable a la ley capitalinaCréditos: Grupo Fórmula / Pixabay
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En México se estima que hay 80 millones de mascotas, entre pájaros, perros, gatos y otros animales de compañía, de acuerdo con la Encuesta de Bienestar Autorreportado 2021 del Inegi. Hacia el cierre de 2023, la Ciudad de México reformó las obligaciones que tienen los dueños de animales para garantizar su bienestar en la capital. 

Estos cambios a la Ley de Protección y Bienestar de los Animales, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se aplicaron al artículo 4 de dicha normativa para establecer las obligaciones de una tutela responsable, es decir, un trato respetuoso, de bienestar y condiciones favorables de salud, comportamiento y estado mental de cualquier animal bajo el cuidado de un dueño. 

Dicha ley señala que aquellas personas que no cumplan con estas obligaciones podrán recibir alguna de las sanciones administrativas estipuladas en ella como amonestaciones y multas. 

 

Estas son las obligaciones de los dueños de mascotas

  • Los dueños de mascotas tendrán que inscribir a sus animales en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC) o en las campañas masivas de vacunación, antirrábicas o sanitarias para el control y erradicación de enfermedades. 
  • Proporcionar agua limpia y fresca a libre acceso.
  • Dar alimento balanceado acorde a la especie, estado fisiológico y edad en un recipiente limpio. 
  • Mantener vigente el cuadro de vacunación y medicina preventiva.
  • Dar atención veterinaria inmediata cuando se presente alguna lesión o enfermedad.
  • Proteger de condiciones climáticas adversas con acciones como ofrecer una zona de sombra y un sitio de resguardo de acuerdo con la especie. 
  • Esterilizar a los animales bajo la tutela.
  • Instruir el comportamiento de los animales.
  • Transitar por las calles con correa, collar o pechera adecuados, así como con una placa de identificación. 
  • Recoger las heces depuestas por el animal mientras se transite en espacios públicos. 

Entre las adiciones al artículo 4 se encuentran conceptos como animal de compañía, situación de abandono, animal para monta, carga y tiro, certificados de compra y actitud permanente y de respeto para los animales, por mencionar algunos.