Ya llegó la temporada más esperada del año y no hablamos de la Navidad, sino del aguinaldo 2024. Pero antes de que te emociones te decimos cuál es el número de días que debes trabajar para recibirlo.
Lo primero que debes saber es que el aguinaldo es un derecho contemplado en la Ley Federal del Trabajo que se entrega a finales del año.
¿Cuál es el mínimo de días que tengo que trabajar para recibir aguinaldo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen derecho a recibir un aguinaldo equivalente a por lo menos 15 días de salario por un año de servicio.
En caso de que no hayas cumplido un año en el lugar donde trabajas, no te preocupes, pues la ley establece que tienes derecho al pago de una parte proporcional por el tiempo trabajado.
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"Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste", establece el artículo 87 de la LFT.
¿Cuál es la fecha límite para recibir el aguinaldo?
Según la LFT, los trabajadores deben recibir el pago del aguinaldo antes del día veinte de diciembre y las personas que no lo reciban tienen hasta un año para reclamarlo.
En caso de que tu patrón no cumpla con esta obligación puedes reclamarlo ante las instancias jurídicas correspondientes, como la Procuraduría Federal del Defensa del Trabajo (Profedet), donde se ofrecen servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica de manera gratuita.
Para obtener asesoría puedes acudir a alguna de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o comunicarte a los números telefónicos 5559 98 2000, en la Ciudad de México y área metropolitana; 800 911 7877 y 800 717 2942 para el interior de la República. También pueden mandar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Recuerda que el pago del aguinaldo le corresponde a las y los trabajadores, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores, entre otros que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.