La temporada de reparto de utilidades 2023 ya llegó. Y si todavía no sabes cuándo es la fecha límite para recibir este pago, esta información para ti.
Primero debes de saber que este es un derecho constitucional que tienen las y los trabajadores de México. Consiste en recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrecen al mercado.
Y hay dos casos fechas límite para recibir el pago de utilidades 2023, según sea el caso:
- Si trabajas en una empresa
Si estás en esta posición, la obligación de la compañía para realizar el pago empieza a 'correr' desde el 1 de abril hasta el 30 de mayo.
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- Si tienes un patrón
Mientras que el pago para aquellas personas que trabajan para una persona física, es decir, tienen un patrón, la obligación se genera desde el 1 de mayo hasta el 29 de junio.
"El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (del 1 de mayo al 29 de junio), tratándose de personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, del Régimen de Incorporación Fiscal o bien, del Régimen Simplificado de Confianza", precisa el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Utilidades 2023: ¿quiénes sí y quiénes NO reciben el pago?
Y, ¿para quiénes sí aplica el reparto de utilidades 2023? La Secretaría del Trabajo detalla que quienes acceden a este derecho son las y los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas.
Sin embargo, pese a que es un derecho constitucional no aplica en los siguientes casos:
- Trabajadores domésticos
- Directores
- Administradores
- Gerentes generales
- Profesionistas
- Artesanos
- Técnicos
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda
- Y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.
Y se exenta dicho pago para:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento
- Al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria
- Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
¡Ojo! Las empresas deben tener más de un año de funcionamiento. Además, las y los trabajadores tendrán derecho al reparto de utilidades 2023 independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o cuando tenían contrato por obra determinada.