¿Será ilegal que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te pida atender tu Buzón Tributario? La sección Templo Mayor del periódico Reforma refiere que sí, esto debido a una orden judicial que obliga a la máxima autoridad fiscal a recurrir a los medios tradicionales para emitir notificaciones de actos de fiscalización.
De acuerdo con el medio, ahora el órgano administrativo está 'bajo la lupa' luego de que se violara "una suspensión judicial de juicio de amparo indirecto 1437/2014. (Esto) fue confirmado por el juez Jorge Luis Barrera Martínez".
Pese a que había esta instrucción para que el SAT recurriera a, por ejemplo, visitas presenciales para dar aviso a las y los contribuyentes sobre actos de fiscalización, el diario apunta que Raquel Buenrostro, titular del SAT, -junto con siete colaboradores- continuó utilizando dicha herramienta.
Ahora será el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito quien decida la pena que se le impondrá a Buenrostro, según el periódico. Las sanciones pueden ser: de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días de salario mínimo u ordenar su destitución y que quede inhabilitada por nueve años, por lo que no podría desempeñarse en otro cargo en el servicio público en ese periodo de tiempo.
Te podría interesar
Reforma añade en su sección que la magistrada Olga Lidia Treviño Berrones ya aceptó un recurso de revisión, contrario a la Ley de Amparo.
SAT: ¿Qué es el Buzón Tributario?
¿Te has preguntado qué es y para qué sirve el Buzón Tributario del SAT? Te contamos.
El Buzón Tributario sirve para que las autoridades fiscales puedan enviarte información sobre los compromisos que debes de cumplir, también es un medio a través del que realizan notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa, así como solicitar información.
Para las y los contribuyentes, el buzón les permite hacer trámites, dar cumplimiento a requerimientos, presentar avisos y consultar su situación fiscal. En ese sentido, esta herramienta funciona para mantener mayor comunicación con el Servicio de Administración Tributaria.
¡Recuerda! No importa si eres persona física o moral, debes tramitar el Buzón Tributario del SAT y para ello sólo tienes que contar con tu RFC y tu e.firma; el trámite es gratuito y totalmente en línea.