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Constancia de Situación Fiscal: ¿Quiénes NO deben presentarla?

¿Sabías que hay prórroga para tramitar la constancia de situación Fiscal? Te contamos.

SAT: ¿En qué casos puedes 'saltarte' presentar la constancia de situación fiscal?Créditos: Daniela Mena
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Citas no disponibles o largas filas, así fue el escenario que las y los contribuyentes enfrentaron para acudir al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a fin de solicitar su constancia de situación fiscal. Sin embargo, se puso 'de buenas' y dio prórroga para aquellos que no pudieron realizar el trámite.

Y a todo esto, ¿cuándo no es obligatoria? Te contamos.

De acuerdo con el SAT, la constancia es como el acta de nacimiento del contribuyente debido a que contiene datos de identificación, ubicación y obligaciones. 

Sin embargo, la dependencia detalla que en caso de que la persona tenga conocimiento de los siguientes datos, puede entregarla sin necesidad de presentar la constancia:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Nombre o razón social.
  • Código postal del domicilio fiscal.
  • Régimen fiscal.

"En caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal", señala el SAT.

Constancia de Situación Fiscal: ¿Por qué hay prórroga?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la factura electrónica 4.0 será obligatoria hasta el 1 de enero de 2023.

Con ello, las y los contribuyentes contarán con más tiempo para tramitar su constancia de situación fiscal que les fue requerida a los trabajadores en empresas y centros de trabajo debido a que el nuevo sistema de factura electrónica entraría en vigor el 1 de julio de 2022.

Aunado a esto, el SAT destacó la importancia de mantener actualizados los datos fiscales de los contribuyentes: