Una de las mayores preocupaciones al llegar a la tercera edad es contar con una buena pensión y poder heredarla a nuestros seres queridos cuando ya no estemos, pero ¿Cómo obtenerla bajo la Modalidad 40 de la Pensión IMSS?
Lo primero que debes saber es que la Modalidad 40, o Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, es una opción que permite a las personas que han sido despedidas seguir aportando para obtener su Pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Te podría interesar
Lo anterior, siempre y cuando los interesados se encuentren al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973 y hayan comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
Te podría interesar
Aunque esta opción ya no incluye seguro médico, te permitirá acceder a una pensión IMSS por invalidez parcial o permanente; por vejez, al cumplir los 65 años de edad; o por cesantía en edad avanzada, al tener entre 60 y 64 años.
¿Cuáles son los requisitos para obtenerla bajo la Modalidad 40?
En caso de que la personas beneficiaria de la Pensión IMSS bajo la Modalidad 40 llegue a fallecer, la pensión se puede heredar a los hijos, conyugues o a los padres del pensionado.
Para ello, los familiares del derechohabiente deberán presentar los siguientes requisitos:
- Acta de defunción del pensionado
- Número de Seguro Social del derechohabiente finado
- Identificación Oficial
- El pensionado deberá tener al menos 150 semanas cotizadas
- El pensionado debe conservar los derechos de la pensión al momento de su muerte
- Comprobar los lazos matrimoniales, de concubinato o parentesco (hijos y padres)
Si necesitas más información, puedes consultar la página del IMSS, llamar al número telefónico 800 623 2323 en un horario de 8:00 a 20:00 horas de lunes a viernes, y de 8:00 a 14:00 horas los sábados, domingos y días festivos, o acudir a tu Unidad de Medicina Familias más cercana.