Los trabajadores que realizan sus aportaciones para su pensión IMSS en la continuación voluntaria al régimen obligatorio, también conocida como Modalidad 40, tendrán que pagar más a partir del siguiente año debido a que entrará en vigor la reforma al sistema de pensiones.
El aumento será para el patrón en el ramo de cesantía avanzada y de vejez, y se tiene previsto que se comience a aplicar a partir del 1 de enero del 2023, de acuerdo a la Ley del Seguro Social.
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Debido a que en la Modalidad 40 el derechohabiente paga el porcentaje del patrón y el trabajador, quien esté actualmente bajo ese esquema tendrá que pagar el aumento sobre el salario base, mismo que incrementará cada año hasta llegar a un máximo de 11.88 por ciento para 2030.
Este aumento dependerá de cuanto se gane, pues para el siguiente año (2023) quienes coticen con un salario mínimo tendrán que pagar 3.150 por ciento del salario base sólo en lo que corresponde a la aportación del patrón; mientras que quienes cotizan de 4.01 UMA en adelante deberán pagar 4.241 por ciento.
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Pero el incremento no se detendrá en el 2023, pues aumentará año con año hasta el 2030, como se puede apreciar en la siguiente tabla.
Esto no significa que vaya a incrementar su pensión del IMSS para quienes cotizan en la Modalidad 40, debido a que el salario base de cotización que se tomará en cuenta será el de las últimas 250 semanas, de acuerdo a un artículo de Sánchez Arellano Abogados.
¿Qué es la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)?
Las personas que perdieron su trabajo pueden incorporarse a la continuación voluntaria al régimen obligatorio del IMSS, mejor conocida como Modalidad 40, para que sigan cotizando en los seguros de invalidez y vida, así como en el de retiro en edad avanzada y vejez.
De esa manera continuarán acumulando semanas de cotización y recursos en su cuenta individual.
Bajo esta modalidad, las cuotas obrero patronales se llevan a cabo cada mes y corresponden al monto del salario con el que se decida cotizar, que no puede ser menor al último con el que se estaba inscrito en la fecha en la que el trabajador fue dado de baja en su último empleo.
De acuerdo al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cualquier asegurado que haya sido dado de baja en el régimen obligatorio, y que haya cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, puede inscribirse a la Modalidad 40.