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Reparto de Utilidades 2022: ¿cuándo es el último día y qué hago si no me las dan?

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho constitucional derivado de las ganancias anuales.

Reparto de utilidades: ¿Sabes qué hacer si no te depositan el próximo 30 de mayo? Te explicamosCréditos: Pixabay
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El reparto de utilidades es un derecho constitucional irrenunciable y adquirido de los trabajadores, el cual está respaldado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y se debería entregar antes del 30 de mayo o el 29 de junio, dependiendo del caso, pues son las fechas límite establecidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La participación de los trabajadores en las utilidades de una empresa son una prestación que consiste en la repartición de las ganancias de la organización, siempre y cuando ésta reporte ganancias mayores a los 300 mil pesos. Los plazos para el reparto son los siguientes:

  • Si el empleador es una persona moral, del 1 de abril al 30 de mayo.
  • Si el empleador es una persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Qué hacer en caso de no recibir utilidades?

En caso de que algún empleado no reciba el reparto de utilidades, podrá hacer una reclamación ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), comunicándose a las líneas telefónicas que pone a disposición de quienes lo requieran: 800-717-2942 y 800-911-7877.

Para hacer dicha reclamación correspondiente ante la Profedet, los trabajadores en cuestión tendrán el plazo de un año. 

Por otra parte, el SAT también menciona que se puede realizar una denuncia si el empleador no paga, y ésta se puede hacer al siguiente correo electrónico: inspeccionfederal@stps.gob.mx.

¿Qué hacer si no recibo el reparto de utilidades 2022? Créditos: SAT

El reparto de utilidades se debe pagar dentro de los 60 días posteriores a la realización de la declaración anual del empleador.  

Así mismo, lo primero que deben hacer los trabajadores, en caso de no recibir el pago de utilidades, es asegurarse de trabajar para un empleador moral, es decir, una empresa, ya que la fecha límite del 30 de mayo sólo aplica para ellas. 

En caso de no recibirlas y trabajar para una persona física, los empleados tendrán que esperar hasta la próxima fecha límite, que es el 29 de junio del año en curso. 

Profedet pide a los patrones y empresas cumplir con el derecho del reparto de utilidades para los trabajadores, ya que de lo contrario, podrían recibir una sanción que va desde los 50 hasta los 5 mil salarios mínimos vigentes, de acuerdo con lo establecido en la LFT.