El aguinaldo 2022 es una de las prestaciones más esperadas por las y los trabajadores, pero ¿qué pasa con aquellas personas que no trabajaron durante todo un año?, ¿tienen derecho a esa prestación? Te contamos.
De manera general, toda persona que presté sus servicios de manera subordinada a un patrón, cuya relación se rija por la Ley Federal del Trabajo, tiene derecho a recibir la prestación.
Incluso quienes son contratados por temporada, tiempo determinado, por obra, tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, así como los eventuales y comisionistas, deben recibirlo, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
¿Me toca aguinaldo 2022 aunque no haya completado el año de trabajo?
A las trabajadoras y los trabajadores que no hayan completado el año laborado sí les corresponde recibir una parte proporcional de aguinaldo 2022, de acuerdo al tiempo que se haya empleado, no importa qué tantos días lo hayan hecho, precisa la Ley Federal de Trabajo.
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"Los que hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuera éste", precisa el artículo 87 de dicha Ley.
El aguinaldo debe ser equivalente, por lo menos, a 15 días de salario, cantidad que se entrega de manera anual.
Recuerda que debes recibir dicha prestación antes del 20 de diciembre, en caso contrario puedes acudir a la Profedet o ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Si no te entregan el aguinaldo 2022 antes del 20 de diciembre, puedes hablar al número de la Profedet: 800 911 7877 o, en la Ciudad de México, presentarte a sus oficinas en la calle Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc.