El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que las personas que deseen permanecer en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) deberán confirmarlo hasta el 31 enero de 2022. En caso de que no lo hagan se les aplicará el régimen conforme a las disposiciones aplicables.
La dependencia aclaró que las personas físicas que tributan en el RIF son aquellas cuyos ingresos no exceden los dos millones de pesos anuales, además de de que deberán continuar en dicho régimen hasta que concluyan los años establecidos. Por ahora no podrán inscribirse nuevos contribuyentes al RIF.
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Para todas las personas que tributen en el RIF y quieran cambiarse al Régimen Simplificado de Confianza, en el mismo año, podrán hacerlo siempre y cuando cumplan con los requisitos. Si optan por estar bajo este último régimen y no cuentan con e.firma podrán tramitarla hasta el 30 de junio de 2022.
El SAT aclara que las personas inscritas en el RIF y que buscan pasarse al Régimen Simplificado de Confianza, podrán aplicar para los acreditamientos, deducciones y solicitar devoluciones de saldo a favor durante el régimen fiscal 2022, la cual se presentará en abril de 2023.
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Para todos los interesados en permanecer en el RIF deberán ingresar al portal del SAT, para luego acceder al apartado "Trámites del RFC/Actualización del RFC", donde verán la opción "Presenta el avance de actualización de actividades económicas y obligaciones".
Enseguida aparecerá la pregunta "¿Optas por continuar pagando tus impuestos en el Régimen de Incorporación Fiscal?", a lo que deberás responder que sí. Al final tendrás un acuse de movimientos en la actualización de situación fiscal.
En caso de cualquier duda, las personas físicas pueden llamar a MarcaSAT 55 6272 2728, en un horario de 08:00 a 13:00 horas o ingresar a la página sobre Régimen Simplificado de Confianza.