Una de las mayores preocupaciones de cualquier adulto es el pago de impuestos y su relación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pero esta entidad financiera puede darte una gran sorpresa con saldo a favor. ¿Sabes si lo tienes? Te decimos cómo.
La plataforma del SAT permite a los contribuyentes consultar si tienen saldo a favor, en caso de que hayan pagado más de los impuestos que debían, o si agregaron gastos que podrían generar deducciones como los realizados por compras escolares o servicios médicos.
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- Para verificar tu saldo a favor, deberás:
- Ingresar al sitio web del SAT.
- Dirigirse al buzón tributario.
- Indicar si eres persona física o moral.
- Ingresar tu RFC, contraseña y firma electrónica.
- Presenta tu declaración correspondiente.
- Dirígete a "Devoluciones y compensaciones" para consultar el saldo de tu devolución.
- Imprime tu recibo electrónico.
Una vez que verificaste que tienes saldo a favor, deberás tramitar su devolución. Para ello, tendrás que:
- Ingresa al sitio web del SAT.
- Ingresar tu RFC, contraseña y firma electrónica.
- Llenar los datos solicitados en el formato electrónico.
- Adjuntar los documentos del trámite ya escaneados.
- Firmar y envíar el trámite con tu firma electrónica.
- Imprimir tu recibo electrónico.
- Darle seguimiento a tu devolución en "Consulta tu devolución automática".
El SAT tiene un plazo de 40 días para hacer la devolución, pero si tu monto es mayor a los $10 mil pesos deberás presentar tu firma y aquellos que tengan saldo favorable entre los $10 mil y $150 mil pesos solo podrán presentar su declaración con contraseña.
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Aunque algunas devoluciones pueden ser rechazadas debido a inconsistencias, los contribuyentes tienen la opción de reiniciar el trámite o acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) que es en donde se puede uno poner en contacto con estos temas del SAT.
En el caso de que la devolución sea negada, se pueden activar los mecanismos del Código Fiscal de la Federación, que le dan al contribuyente la posibilidad de iniciar un proceso de impugnación.