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Nueva declaración de vivienda en CDMX: ¿quiénes tienen que presentarla?

Este nuevo trámite se hará antes del 30 de junio del presente año.

¿Quiénes tienen que hacer el nuevo trámite de vivienda en la Ciudad de México? Te contamos. Créditos: Cuartoscuro y Gaceta Oficial CDMX
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Las autoridades de la Ciudad de México anunciaron que los propietarios de viviendas que excedan el valor de 4 millones 524 mil 978 pesos deberán realizar un nuevo trámite para informar sobre el estado que tienen sus casas. ¿Hasta cuándo se deberá hacer el registro?, ¿hay sanciones por no llevarlo a cabo? Te contamos. 

De acuerdo a lo que se publicó el pasado martes 18 de febrero en la Gaceta Oficial de la CDMX, se debe informar si el inmueble ha sido habitado durante el último mes, así como la forma en la que se ha utilizado. 

Esto significa que dichos dueños deben presentar una declaración informativa es decir, "un documento por medio del cual, los contribuyentes propietarios o poseedores, hacen de conocimiento a la autoridad fiscal el estado que guardan los inmuebles destinados a uso habitacional, cuya propiedad o posesión actualice el pago de Impuesto Predial, respecto a su ocupación", se indica en la Gaceta. 

¿Quiénes tienen que hacer el nuevo trámite en CDMX y es obligatorio?

Las personas que sean propietarias o poseedoras de inmuebles cuyo valor supere los 4 millones 524 mil 978 de pesos, es decir, que se encuentren en los rangos L, M, N, O y P de la tarifa del artículo 130 del Código Fiscal de la CDMX, deberán presentar la declaración informativa.  

Aunque al ser una declaración meramente informativa, no se obliga a los contribuyentes a presentarla y por ente tampoco se contemplan multas en caso de que no se realice. 

"La declaración a que refiere el último párrafo del artículo 132 del Código Fiscal de la Ciudad de México, es meramente informativa, por lo que no obliga a los contribuyentes a la entrega de documentos a que se refiere el artículo 132 del Código Fiscal de la Ciudad de México, en relación con las sanciones establecidas en el artículo 466 o cualquier otra", se indicó. 

Pero si se indica que, en caso de querer presentar la declaración informativa, se debe hacer a más tardar hasta el 30 de junio del ejercicio fiscal que corresponde, en este caso del año 2025. 

¿Cuál es la información que te pide el nuevo trámite en la CDMX?

La declaración informativa pide los datos del contribuyente como nombre completo, CURP, su cuenta predial, si su inmueble se encuentra habitado y quienes lo están usando: propietario, familiares, amigos, es prestado, arrendado u otro estatus. 

Aunque también viene la opción de no indicar esta información y el motivo por el cual no se entregará.