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Contingencia ambiental: ¿Qué es y cuándo se declara?

Las autoridades capitalinas decretaron la fase 1 de contingencia ambiental por altas concentraciones de ozono, en esto consiste.

La fase 1 de la contingencia ambiental de la CDMX fue decretada este 29 de marzo. Créditos: unamglobal.unam.mx
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La Ciudad de México y su área conurbada presentan concentraciones máxima de ozono, de entre 156 y 162 (partes por billón), motivo por el que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) decretó la fase 1 de la contingencia ambiental donde se aplican mayores restricciones en el Hoy no circula, ¿pero qué es y cuándo se declara?

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la Ciudad de México informa que la contingencia ambiental es una situación eventual donde "existe una alta concentración de contaminantes o de riesgo ecológico" derivado de las actividades humanas o fenómenos naturales, los cuales pueden poner en riesgo la población de la salud.

La contingencia ambiental se puede dividir en dos fases preventivas: por ozono y por partículas (PM10 ó PM 2.5). Otros contaminantes que se pueden encontrar suspendidos en el aire de la Ciudad de México y que también son monitoreados son: monóxido de carbono, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y las llamadas Partículas Suspendidas Totales (PST).

Todas estos contaminantes son medidas en el Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (IMECA), el cual cuenta con una escala para determinar la calidad del aire, por ejemplo: entre 0 y 100 puntos, es satisfactoria y los habitantes del Valle de México pueden realizar sus actividades sin ningún incoveniente. El problema llega cuando se pasa de los 100 puntos.

¿Cuándo se decreta una contingencia ambiental?

Si el valor del IMECA reabasa los 100 puntos la calidad del aire es considerada como no satisfactoria, pero cuando se ubica en las 150 unidades se decreta la fase 1 de la contingencia ambiental. La segunda fase llega cuando el IMECA es de 200 puntos y la calidad del aire es mala.

La Gaceta Oficial de la Ciudad de México establece que cuando el nivel de ozono es de 150 puntos (154 ppb) cada hora, se debe aplicar esta medida. En el caso de las partículas PM10 y PM 2.5, las concentraciones no deben rebasar los 214 y los 97.4 microgramos por metro cúbico, de forma respectiva, en un periodo de 24 horas.

Para suspender la contingencia ambiental, los especialistas deben determinar que las condiciones climatológicas serán favorables y permitirán la dispersión de los contaminantes, con lo que el valor del IMECA caerá por debajo de los 150 puntos; asimismo se debe supervisar que los niveles de ozono, así como de partículas PM10 o PM 2.5, no son dañinas para la salud.

¿Cómo se mide el IMECA?

  • 0 a 100 puntos: satisfactoria calidad del aire.
  • 100 a 200 puntos: no satisfactoria calidad del aire.
  • 200 a 300 puntos: mala calidad del aire.
  • 300 a 500 puntos: muy cala calidad del aire.