A partir del 29 de marzo entró en vigor la estrategia 'Vive saludable, vive feliz' que busca garantizar la prohibición, promoción y venta de comida chatarra en las escuelas públicas del país, con la finalidad de garantizar una alimentación adecuada a niñas, niños y adolescentes. Las instituciones educativas que no respeten tal medida pueden recibir una multa.
¿De cuánto es la multa por vender comida chatarra en escuelas?
La multa para las escuelas que incumplan esta nueva disposición es de 11 mil 314 a 113 mil 140 pesos, de acuerdo con loe establecido en la fracción octava del artículo 170 de la Ley General de Educación (LGE). Las escuelas que reincidan en esta falta pueden revocar la autorización para operar y hasta perder el reconocimiento de validez oficial, según la fracción novena del artículo 170.
En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 30 de septiembre de 2024, dentro del título V se fijaron las sanciones para los centros educativos que no promuevan estos lineamientos de alimentación saludable: "La autoridad escolar que promueva, propicie o permita la preparación, distribución, expendio o difusión de publicidad de alimentos y bebidas no permitidos para las escuelas (...) incurrirán en las infracciones previstas en el artículo 170, fracciones VIII y IX de la LGE".
Las escuelas también pueden recibir una de las sanciones establecidas en el artículo 417 de la Ley General de Salud (LGS), mismas que son: amonestación con apercibimiento; multa; clausura temporal o definitiva, que podrá ser total o parcial; así como arresto hasta por 36 horas. Aparte de infracciones de hasta 16 mil veces el salario mínimo general, según el artículo 422 de dicha ley.
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Estas sanciones y/o infracciones deberán ser establecidas por la Comisión Federa para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y/o sus homólogos estatales, según establece el decreto publicado en el DOF. Lo anterior con independencia de las visitas, verificaciones y sanciones de otras autoridades.
¿Qué alimentos y bebidas se podrán vender en escuelas?
De acuerdo con el anexo de 'Criterios técnicos nutrimentales e higiene', los alimentos y bebidas sugeridas son estas:
- Frutas y verduras (regionales y de temporada).
- Cereales sin azúcares añadidos.
- Tubérculos (papa, camote y yuca sin azúcares).
- Leguminosas.
- Alimentos de origen animal.
- Productos lácteos (sin edulcorantes y de leche semidescremada).
- Agua (sin saborizantes).
Asimismo, establece que los desayunos escolares -que entregan las escuelas- deberán estar conformados por: 240 mililitros de leche descremada, creal integral o galleta, fruta fresca; también se puede ofrecer 240 mililitros de leche descremada, agua para uso y consumo humano, cereales integrales, proteína de origen animal, leguminosas y verduras.
Aquellas escuelas del Sistema Educativo Nacional que cuenten con la modalidad de comidas escolares deberán observar los criterios técnicos nutrimentales que permita a las y los estudiantes tener una dieta adecuada", establece el decreto de Vida Saludable.
Asimismo, las autoridades recomiendan una serie de medidas de higiene dentro de las escuelas: un correcta lavado de manos, lavar y desinfectar tanto frutas como verduras, no toser o estornudar sobre los alimentos y bebidas, además de tapar la comida para evitar su contaminación, entre otras.