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Reducción de operaciones en el AICM: ¿Qué puedo hacer si cancelan o cambian mi vuelo al AIFA?

A partir del 29 de octubre reducirán las operaciones en el AICM. Lo que afectará a los pasajeros, sobre todo a quienes ya compraron vuelos porque las aerolíneas tendrán que cambiar fechas, cancelarlos o moverlos al AIFA.

El AICM reducirá sus operaciones a partir del 29 de octubre. Lo que afectará a usuarios.Créditos: Cuartoscuro.
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El Gobierno federal anunció el pasado 31 de agosto que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) reducirá sus operaciones de 52 a 43 por hora a partir del 29 de octubre, con el objetivo de desahogar la saturación. Esta decisión se tomó sin consultar o avisar a las aerolíneas con antelación. 

Tras la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que vuelve oficial la medida, algunas de las aerolíneas que operan en el AICM señalaron que la medida afectará principalmente a los pasajeros, sobre todo si ya tienen vuelos comprados.

En este sentido especialistas advirtieron que van a tener que cancelar vuelos y la Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero) adelantó que los costos van a incrementar por la demanda que hay en el aeropuerto. ¿Y qué pasará si cancelan un vuelo que ya compré? Te explicamos, pero vamos por partes.

Tanto Aeroméxico, como Viva Aerobus y Volaris reconocieron en comunicados independientes que los usuarios que usan el AICM serán afectados de manera negativa, sobre todo si tenían planeado viajar en la temporada de invierno, considerada de alta demanda.

Asimismo, advirtieron que se compromete la conectividad del país, lo que incide en la posibilidad de nuevas inversiones, y los trabajadores también serán afectados.

Por ello, las tres aerolíneas indicaron que están a la espera de que el AICM y la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) comuniquen cuál será el plan que se va a implementar.

Además, Viva Aerobús pidió que realicen mesas de diálogo entre las autoridades y las líneas aéreas para buscar una estrategia que apoye los programas de vuelo que ya están a la venta. De esa forma se podrá proteger a los pasajeros nacionales e internacionales que ya tienen boletos.

El director general del AICM, el vicealmirante Carlos Velázquez, indicó que este viernes se reuniría con las aerolíneas para acordar la forma en que se distribuirá el recorte de vuelos, según Reforma.

Las aerolíneas aún no han informado qué vuelos y cuántos recortarán. Aunque el presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que una forma de ayudar a las aerolíneas para no afectar a los pasajeros podría ser enviar vuelos al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

¿Entonces qué puedo hacer si cancelan mi vuelo o lo mandan al AIFA?

Antes que nada debes sabe que al comprar un boleto de avión tienes varios derechos como pasajero que la aerolínea debe garantizar, de acuerdo con la Ley de Aviación Civil.

El artículo 47, fracción VI, establece que en caso de que se cancele el vuelo de a causa del concesionario o permisionario, el pasajero puede escoger entre las siguientes opciones:

  1. Que se reintegre el boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.
  2. Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo: acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
  3. Transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo.

En el caso de la opción 1 y 3, el concesionario está obligado a cubrir una indemnización al pasajero no puede ser inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

Si la aerolínea cambia de itinerario te debe informar al menos con 24 horas de anticipación de la salida del vuelo, de forma rápida y expedita, en caso de que se produzcan cambios en el itinerario o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado mediante llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico.

La fracción VII de la misma Ley establece que "si por caso fortuito o fuerza mayor, la aeronave debe realizar un aterrizaje en un lugar distinto al de destino, el concesionario o permisionario deberá trasladar al pasajero por los medios de transporte más rápidos disponibles hasta el lugar de destino". Así que si uno de tus vuelos cambia del AICM al AIFA, deben garantizar tu traslado.

Si el cambio se produce dentro de las 24 horas previas a la salida programada, la aerolínea debe informar al pasajero tan pronto tenga la certeza de que ese cambio es inevitable, de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor.

Es importante que revises las políticas de cada aerolínea, ya que cada una establece sus términos de compensación en caso de que afecten al pasajero y ahí vienen los montos de indemnización correspondientes. También estás protegido por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), así que en caso de que las aerolíneas cambien lo vuelos y no quieran garantizar tus derechos de pasajero, puedes realizar una queja ante la dependencia y funcionarios te darán acompañamiento para que cumplan.