Desde el año 2007 el aborto puede realizarse en la Ciudad de México por cualquier motivo, pues se permite la interrupción legal del embarazo sin cuestionar a las mujeres y personas gestantes sobre el porqué de su decisión.
Los pormenores para ejercer el derecho al aborto se encuentran dispuestos en la Ley de Salud de la Ciudad de México, específicamente en el Capítulo Décimo.
Ahí se le define como el “procedimiento médico que se realiza a solicitud de la mujer embarazada hasta la décima segunda semana completa de gestación, como parte de una atención integral basada en el derecho de las mujeres a decidir sobre su vida reproductiva en condiciones de atención médica segura”.
Esto quiere decir que la atención dentro de los marcos normativos el aborto debe realizarse en los primeros tres meses de la fecundación del óvulo pero, ¿qué pasa si alguien acude en la semana 13, o incluso después, a solicitar el acceso a consulta y valoración de su caso?
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¿Hasta cuándo es seguro abortar con ayuda de medicamento?
De acuerdo con la Secretaría de Salud capitalina, si una persona tiene menos de 10 semanas de embarazo puede abortar sin riesgos siempre y cuando sea con ayuda de medicamentos especializados y correctamente suministrados.
Entre las 10 y 12 semanas de gestación lo más seguro es recurrir a la Aspiración Manual Eléctrica Endouterina (AMEEU). Luego de ese periodo la intervención sólo se permite si:
- El producto es causa de una violación.
- El producto es causa de una inseminación artificial no consentida.
- Se encuentra en riesgo la vida de la mujer.
- El producto presentar el producto malformaciones genéticas o congénitas, que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo por las condiciones.
La Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia refiere que luego de las 12 semanas la realización de un aborto conlleva más riesgos, pero pueden efectuarse “cuando se realizan con métodos aceptables desde el punto de vista profesional”.
Por otra parte la organización Ipas México, cuyo objetivo es “incrementar la capacidad de las mujeres para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos y el derecho a decidir”, sostiene que someterse a la interrupción legal del embarazo luego de las 12 semanas de gestación puede ser seguro siempre y cuando las pacientes cuenten con el apoyo de profesionales de la salud.
Ese mismo organismo sostiene que el medicamento, misoprostol o mifepristona, puede ser empleado en cualquier etapa de la gestación en caso de que se requiera una interrupción, aunque en esos casos la dosis varía y debe ser indicada por especialistas.
¿En qué partes de México se puede abortar después de las 12 semanas?
En teoría en todos los estados de la República Mexicana se debería poder recurrir al aborto luego de las 12 semanas por al menos una causal, que es la relacionada con el delito de violación.
Como se mencionó anteriormente, la Ciudad de México permite el procedimiento antes de las 12 semanas por cualquier motivo desde 2007. Oaxaca se sumó en la misma línea, aunque apenas en 2019.
El único caso que supera el periodo de 12 semanas es el de Sinaloa, entidad en la que en marzo de este 2022 se despenalizó el aborto hasta la semana número 13 de gestación.
En total hay ocho causales en la República Mexicana por las que la intervención puede realizarse sin que haya represalias legales para las mujeres y las personas gestantes:
- Cuando el embarazo es producto de una violación
- Cuando la continuación del embarazo afecta la salud de la mujer
- Cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer
- Si el producto presenta alguna malformación congénita grave
- Si el embarazo es producto de una inseminación artificial en contra de la voluntad de la mujer
- Si el aborto fue provocado de manera imprudencial, es decir, por accidente
- Cuando la economía precaria de la mujer se agrava al continuar el embarazo
- Por libre decisión de la mujer (sólo en CDMX y Oaxaca)
Desafortunadamente los casos varían según el territorio, pues en algunas entidades es necesario comprobar ante las autoridades que hubo violación para que los médicos accedan a realizar la atención.
Incluso en los estados de Querétaro y Guanajuato, donde sólo se puede acceder al derecho en caso de violación o por ‘imprudencia culposa’, estaba permitido imponer penas de cárcel en casos fuera de esos lineamientos.
No obstante, desde el 7 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la criminalización total del aborto (esto es sin importar la entidad donde ocurra y si la interrupción del embarazo se da o no dentro de las 12 semanas permitidas por la ley).
Esta información forma parte de la investigación especial Sobrevivir juntas a la violencia contra las mujeres realizado en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres (#25N).