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¿No recibiste reparto de utilidades? Así puedes denunciar a la Profedet

La fecha límite para que las empresas entregaran el reparto de utilidades fue hasta este 30 de mayo

El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores.Créditos: ESPECIAL/Imagen de Yolanda en Pixabay
Escrito en ESTILO DE VIDA el

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) llamó a los empleados a ejercer su derecho de denunciar en caso de que no hayan recibido reparto de utilidades por parte de la empresa para la cual laboran. La fecha límite para recibir este incentivo fue el día de ayer 30 de mayo.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Prevención Social (STPS), el reparto de utilidades es un derecho constitucional que los trabajadores tienen sin importar la industria en la que laboren. Los empleadores deberán pagar una parte de las ganancias que se obtuvieron por la “actividad productiva o los servicios” que se ofrecieron en el mercado durante un año. Tan sólo en 2022, más de 2.7 millones de trabajadores recibieron utilidades.

La fecha de entrega de este pago dio inicio el 1 de abril y culminó el 30 de mayo sólo para las empresas, mientras que para las personas físicas —si se trabaja para un patrón— se deben pagar antes del 29 de junio.

¿No has recibido tu reparto de utilidades? Así puedes denunciar

En caso de que la fecha límite antes mencionada haya pasado, los empleados pueden denunciar a través de los siguientes canales:

  • Correo electrónico: inspeccionfederal@stps.gob.mx o orientaciónprofedet@stps.gob.mx
  • Acudir directamente a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo
  • Llamando: 8007172942 o 8009117877
  • Vía WhatsApp: 5514848737

¿Cuánto me toca de utilidades?

El monto del pago que las empresas o patrones deben repartir entre sus trabajadores no es claro, ya que dependerá de las ganancias que se registraron durante el año fiscal anterior. No obstante, la ley indica que debe de ser el 10% de la suma total de esas ganancias.

El monto a pagar dependerá de las ganancias de la empresa. ESPECIAL/Imagen de Yolanda en Pixabay

Además, de acuerdo con la nueva normatividad, esta cantidad deberá dividirse en dos partes iguales:

  • La primera parte se deberá repartir por igual entre todos los trabajadores, tomando en cuenta el número total de días trabajados por cada uno de ellos.
  • La segunda parte se repartirá de acuerdo con el salario anual de cada trabajador.

Este pago aplica para los trabajadores que laboraron por lo menos 60 días en la empresa. En caso de cualquier duda con la cifra o el monto, los empleados pueden solicitar un informe con el monto global registrado. Cabe subrayar que el plazo para hacer una reclamación es hasta un año.

¿Quiénes NO están obligados a realizar el reparto de utilidades?

  • Las empresas de nueva creación
  • Las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
  • Las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria (más de 300 mil pesos).