Llegó diciembre y una de las razones por las que es el mes favorito de muchos es porque el aguinaldo está cerca, mismo que viene a ‘alivianar’ la cartera de millones de trabajadores mexicanos, aunque también genera algunas dudas, entre las más repetitivas se encuentra: ¿es legal que te paguen con vales o en especie?
Recordemos que el aguinaldo es un derecho que tienen todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, vendedores y otros.
Se trata de una prestación laboral, establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT), que aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón, y debe entregarse antes del 20 de diciembre de cada año.
Cabe señalar que el monto mínimo que debe pagarse a los empleados es el equivalente a 15 días de salario. En caso de que no se haya laborado el año completo, se entregará una parte proporcional.
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¿Es legal que te paguen con vales o en especie?
Pese a que la entrega del aguinaldo es una obligación de las empresas y patrones, podrían ocurrir casos en los que las compañías argumenten algunas complejidades, por lo que proponen a sus trabajadores la entrega de vales o pagos en especie para cubrir dicha prestación.
Sin embargo, según lo mencionado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.
Por lo anterior, todos los empleados deben tener en claro que tanto el aguinaldo como el salario debe pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal.
De esta forma no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con el que se pretenda sustituir el pago en efectivo.
Es importante mencionar que la entrega del aguinaldo podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias, efectivo o cualquier otro medio, esto previo consentimiento del empleado.
¿Los patrones o empresas pueden ser multados por no entregar aguinaldo?
La respuesta es un rotundo sí. Aquellos patrones o empresas que no cumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía podrían ser acreedores a una multa de conformidad con lo que marca el artículo 1002 de la LFT.
En tanto que por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en dicho artículo o en alguna otra disposición de la Ley, se podría imponer una multa por el equivalente de 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que equivale a 4 mil 030 y hasta 403 mil pesos.
Si tu patrón no cumple con la entrega del aguinaldo o te lo quiere pagar en vales o especie, puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a interponer tu denuncia.