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Letonia, Bulgaria y Francia respetan derechos políticos de sus ciudadanos; México no

Es evidente que la LGPP busca, como antes lo buscó el COFIPE, dificultar el derecho de los ciudadanos de crear partidos políticos.

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Crear un partido político en México es casi imposible. Quien pretenda hacerlo no solo debe satisfacer lo que señalan las leyes respectivas, sino también tener varios millones de pesos para invertir en el complicado proceso.

Desde 1990 los legisladores federales de todos los partidos, incluidos ahora los de MORENA, nada hicieron para facilitar la creación de partidos.

En agosto de 1990 entró en vigor el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) que en el inciso b de su Artículo 24 estipuló, entre otras cosas, que “Para que una organización pueda ser registrada como partido político nacional, deberá (…): b) Contar con 3000 afiliados, cuando menos, en cada uno de la mitad de los distritos electorales uninominales; en ningún caso, el número total de sus afiliados en el país podrá ser inferior a 65 000”.

En noviembre de 1996 el Congreso reformó dicho inciso del Artículo 24 para que dijera lo siguiente: “Contar con 3000 afiliados en por lo menos 10 entidades federativas, o bien tener 300 afiliados, en por lo menos 100 distritos electorales uninominales; en ningún caso, el número total de sus afiliados en el país podrá ser inferior al 0.13% del Padrón Electoral Federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate”. O sea, 30 000 militantes.

Sin embargo, en diciembre de 2003 de nuevo se reformó el inciso b y se estableció que un partido nacional debía “Contar con 3000 afiliados en por lo menos 20 entidades federativas, o bien tener 300 afiliados, en por lo menos 200 distritos electorales uninominales, los cuales deberán contar con credencial para votar con fotografía correspondiente a dicha entidad o distrito, según sea el caso; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus afiliados en el país podrá ser inferior al 0.26 por ciento del Padrón Electoral Federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate”. De nuevo, 60 000 afiliados como mínimo o aproximadamente el 0.046% de la población. Además, con la dificultad de reunirlos en 20 estados o 200 distritos.

Como resultado de la reforma político-electoral de 2014, el COFIPE fue abrogado y sustituido por las leyes generales de Partidos Políticos (LGPP) y de Instituciones y Procedimiento Electorales (LEGIPE). Lo que era el inciso b del Artículo 24 del COFIPE se convirtió en el inciso b del Artículo 10 de la LGPP, solo se le cambió el término “afiliados” por el de “militantes”.

Es evidente que la LGPP busca, como antes lo buscó el COFIPE, dificultar el derecho de los ciudadanos de crear partidos políticos.

La ley mexicana contrasta con las de muchos países que sí son democracias de verdad.

Por ejemplo, en Letonia, el país que más libertad ofrece a sus ciudadanos para ser candidatos y formar partidos políticos, un partido se define como "una organización establecida por al menos 200 ciudadanos”, que representan el 0.011% de la población. En Bulgaria solo se necesitan 50, el 0.0007%. En Francia no existe una ley electoral y en 2006 Emmanuel Macron fundó su movimiento y avalado por las firmas de 500 funcionarios lanzó su candidatura a la presidencia.

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