El Senado de la República mantiene en pausa la discusión en comisiones de la reforma de embargo de salarios, también conocida como de cobranza delegada, que de manera previa ya fue aprobada por la Cámara de Diputados. La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, anunció que la vetará en caso de que sea aprobada, ¿Pero en qué consiste? Te contamos.
¿Qué es la reforma de embargo a salarios?
La reforma de embargo a salarios es polémica porque faculta a las instituciones de crédito para cobrar las deudas que un trabajador adquiera, ya sea a través del sueldo o prestaciones que reciba por parte de su empleador, siempre y cuando, exista un Contrato de Crédito de Nómina con Cobranza Delegada firmado por las tres partes.
La reforma de embargo a salarios pretende hacer adiciones y modificaciones a las siguientes leyes:
- Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
- Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
- Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Una de las modificaciones principales es al artículo 310 Bis que especifica lo siguiente:
Cuando en el contrato de apertura de crédito simple se pacte la obligación de la persona acreditada de realizar los pagos correspondientes mediante el libramiento de una orden de pago, cualquiera que sea la forma en que esta se le denomine, para que un tercero que tenga el carácter de empleador realice el entero de dichos pagos con cargo a una o más de las fuentes de pago señaladas en este artículo", de acuerdo con la iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados desde marzo de 2022.
En teoría, la cobranza delegada funcionará de esta manera: una persona pide un crédito ante una institución y ambas partes firman el llamado Contrato de Crédito de Cobranza Delegada; ante el incumplimiento de pago, la institución que dio el crédito (o préstamo) puede solicitar al empleador que realice dichos pagos. Todo esto estará sujeto a disposiciones de ley.
¿Y qué créditos se cobrarían con la reforma de embargo a salarios?
La iniciativa aprobada en la Cámara de Diputados establece que los créditos que pueden ser materia de libranza -acuerdo entre una entidad financiera y los solicitantes de un préstamo- son "el pago fraccionado o a plazo de primas por pólizas de seguros u otros servicios financieros que ofrezcan las entidades acreditantes".
Instituciones de crédito para las que NO aplica la reforma de embargo a salarios:
- Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
- Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
- Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
Los créditos mediante cobranza delegada tampoco aplican para "los créditos que se otorguen con cargo a las pensiones" del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
¿La reforma de embargo a salarios toma del salario de los trabajadores?
Con la reforma de embargo a salarios se puede tomar del sueldo de los trabajadores para cubrir sus deudas ante instituciones de crédito, pero sólo si existe un contrato que así lo especifique entre ambas partes. También se pueden efectuar cobros a través de las "percepciones extraordinarias de carácter laboral".
En el caso de las y los trabajadores independientes también pueden solicitar un crédito de cobranza delegada, puesto que también se acepta el cobro de "honorarios devengados asimilados salarios". De igual modo, debe existir un contrato entre la institución de crédito, la o el solicitante de crédito y el empleador.
El embargo de salarios NO puede ser autorizado por:
- Sindicatos.
- Cámaras de Comercio.
- Instituciones "de buena fe".
Sheinbaum propone vetar la reforma de embargo a salarios
Durante la conferencia matutina del pasado viernes 7 de febrero, la presidenta Claudia Sheinbaum se mostró en contra de la iniciativa que pretende el embargo del salario de las y los trabajadores, con la finalidad de subsanar las deudas que contrajeron ante una institución crediticia.
Nosotros no estamos de acuerdo con eso, que quede claro, no estamos de acuerdo. El salario del trabajador es el salario del trabajador. Entonces, yo espero que no la apruebe el Senado de la República; y si la llegara a aprobar, la vamos a vetar", declaró la mandataria.
Incluso, el expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) llegó a manifestar su oposición a la reforma de embargo de salarios, pues la consideró contraria a la Ley del Trabajo, donde se especifica que los sueldos de las y los trabajadores no pueden ser producto de embargo.