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Cobranza delegada: ¿Te quitarán tu sueldo para pagar tus deudas? Esto dice la iniciativa

El Senado de la República pausó la discusión del dictamen de cobranza delegada; en esto consiste esta iniciativa.

En esto consiste la iniciativa de cobranza delegada cuya discusión fue pausada en el Senado. Créditos: Cuartoscuro/Especial
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En las comisiones del Senado de la República se volvió a retomar el dictamen que permite la figura de la cobranza delegada, sin embargo, la discusión fue cancelada este miércoles. A continuación te decimos en qué consiste esta iniciativa, además de qué consecuencias tiene para las y los trabajadores, así como sus salarios. 

¿En qué consiste la iniciativa de cobranza delegada? 

La iniciativa de cobranza delegada pretende reformar y adicionar la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, así como a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. Este dictamen ya fue aprobado en la Cámara de Diputados desde marzo de 2022. 

Esta iniciativa pretende modificar el artículo 310 Bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para que quede así: 

Cuando en el contrato de apertura de crédito simple se pacte la obligación de la persona acreditada de realizar los pagos correspondientes mediante el libramiento de una orden de pago, cualquiera que sea la forma en que esta se le denomine, para que un tercero que tenga el carácter de empleador realice el entero de dichos pagos con cargo a una o más de las fuentes de pago señaladas en este artículo"

Se denominará crédito de nómina con cobranza delegada y estará sujeto a las disposiciones aplicables a estos créditos contenida en esta ley y demás ordenamientos aplicables", establece el dictamen que ya fue aprobado en la Cámara de Diputados. 

Las fuentes de pago para un crédito de nómina con cobranza delegada, según esta iniciativa, son los siguientes: 

  • "El salario devengado que derive de las relaciones de trabajo de la persona acreditada". 
  • "Las percepciones extraordinarias de carácter laboral, las indemnizaciones de igual naturaleza y conceptos afines". 
  • "Honorarios devengados asimilados salarios". 

Recordemos que los honorarios devengados asimilados a salarios son aquellas percepciones que reciben los trabajadores independientes y que son similares a la percepción de un trabajador formal (o de base). Este esquema incluye las respectivas retenciones de impuestos (el ISR). 

Las pensiones otorgadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), quedarán exentas de este esquema de cobranza delegada, de acuerdo con el dictamen que fue publicado por la misma Cámara de Diputados. Los créditos del Infonavit tampoco forman parte de este esquema. 

¿El patrón te puede quitar el sueldo para saldar tus deudas? 

No. El pago de la cobranza delegada no se hará de manera arbitraria y sin el permiso del trabajador, de acuerdo con los promotores de esta iniciativa. La institución que dé el crédito o préstamo, el patrón y el trabajador deberán firmar un Contrato de Crédito de Nómina con Cobranza Delegada, "serán denominados convenios de cumplimiento de pago". 

Los convenios de cumplimiento no podrán ser celebrados por personas diversas del empleador, tales como sindicatos, cámaras de comercio u otras instancias de buena fe similares a las anteriores, ni comparecer dichas personas a su celebración", afirma la iniciativa. 

Por otra parte, las instituciones den créditos (o préstamos) bajo el esquema de cobranza delegada quedarán sujetas a la Ley Federal de Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros, así como por la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de Servicios Financieros. 

En 2022, la iniciativa proponía que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) sería el órgano facultado para establecer las condiciones mínimas sobre "prácticas y usos" para la comercialización y contratación de los créditos de nómina con cobranza delegada