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Reforma judicial: estos son los riesgos de los 'jueces sin rostro' que aprobaron

¿Qué dicen las y los especialistas sobre la figura de 'jueces sin rostro' incluida en la reforma al Poder Judicial?

El presidente AMLO explicó que la figura de 'jueces sin rostro' se trata de una acción para que las y los jueces resuelvan casos sin que se conozca su identidad ya que algunos están sometidos a amenazas y presiones.Créditos: Especial.
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La polémica reforma al Poder Judicial obtuvo 'luz verde' en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados; ahora, corresponde al Pleno de San Lázaro su análisis y, en su caso, aprobación. Y uno de los temas que ha causado revuelo es la figura de 'jueces sin rostro', misma que se añadió en el dictamen que obtuvo el aval ayer lunes.

Ante ello, especialistas en la materia han advertido las repercusiones que dicha figura puede traer consigo. Así, críticos a la reforma señalan que los 'jueces sin rostro' fueron clave "para la represión judicializada durante la dictadura fujimorista en Perú".

Pero, ¿de qué se trata? Hace unas semanas el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) pidió -y recomendó- añadir al proyecto de reforma un mecanismo de protección para juzgadores que abordan casos relacionados con el crimen organizado. Las y los legisladores escucharon al mandatario federal y en el dictamen se agregó la medida.

En concreto, el presidente López Obrador explicó que se trata de una acción para que las y los jueces resuelvan casos sin que se conozca su identidad ya que algunos están sometidos a amenazas y presiones.

"Una de las cosas que quiero recomendar, a ver si algún legislador puede, porque todavía están posibilidades de hacer cambio, ¿no? Hay algo que pienso debe de tener la reforma, que se nos fue: una especie de protección para jueces que tienen que resolver sobre delincuencia organizada, o sea, cómo protegerlos", declaró en su conferencia matutina.

Reforma judicial: especialistas 'reprueban' figura de jueces sin rostro

A partir del añadido a la reforma al Poder Judicial, expertos se posicionaron respecto a los 'jueces sin rostro'. El abogado Alejandro Marínez refirió que la identidad reservada en quienes imparten justicia viola el Artículo 8.1 de la Convención Interamericana.

A la par, el abogado y consultor Nayib Nava calificó esta implementación como "sicariato judicial".

David Nieto, doctorando en Derecho, refirió que en Colombia, la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH) publicó un informe sobre los jueces sin rostro. "(Es) un procedimiento jurídico que desconoce de manera flagrante los derechos humanos de todo procesado", apuntó.

En tanto, en una sentencia de la Corte Interamericana en el 'Caso J', en Perú, se manifiesta que "los juicios ante jueces sin rostro o de identidad (...) impide a los procesados conocer la identidad de los juzgadores y por ende valorar su idoneidad y competencia, así como determinar si se configuran causales de recusación".

Así, la abogada por el ITAM, Melissa AG (según su usuario en 'X'), cita el artículo 8.1 de la Convención Interamericana, en el que se apunta que toda persona tiene derecho a ser oída por un juez competente, independiente e imparcial.

Con ello, la especialista señala que la Corte Interamericana de Derechos Humanos se han pronunciado en casos de Perú como el de Castillo Peruzzi, Cantoral Benavides y Lori Berenson Mejía.