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Ratifican 'Vacacionzotas': Corte avala 12 días de vacaciones pagadas tras intento de revés

La SCJN negó un amparo a una empresa constructora que pretendía anular la aplicación de los 12 días de vacacones pagadas a partir del primer año laborado.

Corte valida 12 días de vacaciones pagadas para trabajadores Créditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó este miércoles que las y los trabajadores del país puedan disfrutar, al menos, de 12 días de vacaciones pagadas a partir del año que laboren en una empresa.

Durante una sesión realizada este miércoles, la Segunda Sala de la SCJN avaló por unanimidad de cuatro votos el proyecto presentado por el ministro Luis María Aguilar Morales, mismo que da ‘banderazo’ a la ampliación en el número de días de descanso pagados.

Lo anterior parte de la negación de un amparo a la empresa GND Constructora, quien argumentó que la reforma al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) era inconstitucional, debido a que viola los principios de legalidad, seguridad jurídica y proporcionalidad tributaria, lo que perjudica no sólo al patrón sino también al trabajador.

Sin embargo, la SCJN determinó que dicha reforma, publicada en diciembre de 2022, “cumple con los requisitos de fundamentación y motivación propios de un acto legislativo y no viola el principio de irretroactividad de la ley”.

Es por ello, que insistió que las violaciones indicadas por la empresa “resultan inoperantes” dado que la reforma tampoco viola la irretroactividad de la ley porque no altera ningún derecho fijo que los patrones pudieran tener sobre los periodos de vacaciones acordados en contratos anteriores.

“La reforma no viola el principio de irretroactividad de la ley porque no se desconoce algún derecho adquirido ni se modifican consecuencias jurídicas determinadas conforme a la legislación anterior que no puedan ser alteradas. Esto, tomando en cuenta que el patrón no tiene derecho a que el periodo de vacaciones pactado en un contrato de trabajo permanezca inamovible, sino que tales contratos están sujetos a revisión y, necesariamente, deben observar las normas que establecen un mínimo de derechos en favor de la clase trabajadora”, señaló.

Recordemos que la reforma incrementó de seis a 12 días el período anual mínimo de vacaciones para los trabajadores que tengan más de un año de servicio.

De esta forma, al cumplir un año en una empresa, el trabajador tendrá derecho a 12 días de vacaciones pagadas, y cada año, hasta llegar al quinto, seguirán aumentando dos días adicionales.